Subvenciones a la producción escénica.- Convocatoria para el año 2016.

Código de ayuda:

S51982/15

Norma:

RESOLUCIÓN de 16 de diciembre de 2015.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 28 de enero de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fijar las bases que regularán el régimen de subvenciones establecidas por la Agadic para contribuir a la promoción de la producción de la actividad escénica, dentro del marco de las competencias de este organismo, y proceder a su convocatoria para este año 2016.

La finalidad de las subvenciones es el fomento de la producción escénica, en cualquiera de sus modalidades y disciplinas artísticas, por parte de compañías profesionales con actividad en la Comunidad Autónoma de Galicia, estrenada entre el 1 de abril de 2016 hasta el 31 de marzo de 2017. La producción deberá iniciarse en el ejercicio 2016.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Gallega de las Industrias Culturales - AGADIC (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas, así como las sociedades civiles y comunidades de bienes –o cualquier otra agrupación de personas sin personalidad jurídica propia–, así como las uniones temporales de empresas, dedicadas profesionalmente a la producción de actividad escénica, que desarrollen mayoritariamente su actividad en la Comunidad Autónoma de Galicia, quedando exceptuadas las asociaciones y restantes entidades sin fines de lucro.

En el supuesto de la modalidad 1 (empresas de nueva creación), además de los requisitos anteriores, es preciso que la antigüedad de la compañía no sea superior a los 5 años. A estos efectos, la constitución y antigüedad de la compañía se contabilizará desde la última fecha del alta en el IAE en la actividad de producción o distribución de espectáculos de artes escénicas.

Documentos asociados

Boletín: 28/12/2015
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 246
Documento: Bases y Convocatoria 2016 Descargar Documento
Boletín: 07/01/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 3
Documento: Anexos Descargar Documento
Boletín: 11/01/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 5
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento