Subvenciones a la producción escénica.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S00873/17

Norma:

RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de enero de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta resolución, en el desarrollo de las funciones y objetivos encomendados y previstos en la Ley 4/2008, de 23 de mayo, de creación de la Agencia Gallega de las Industrias Culturales, tiene por objeto fijar las bases que regularán el régimen de subvenciones establecidas por la Agadic para contribuir a la promoción de la producción de la actividad escénica, dentro del marco de las competencias de este organismo, y proceder a su convocatoria para este año 2017.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Cultura y Turismo (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe global máximo de las subvenciones anteriormente detalladas será de 600.000 euros, suma que irá con cargo a la aplicación presupuestaria 10.A1.432B.770.0 del presupuesto de gastos de la Agadic, distribuido entre las anualidades 2017 y 2018: 100.000 euros con cargo al ejercicio 2017, y 500.000 euros con cargo al ejercicio 2018.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas, físicas o jurídicas, así como las sociedades civiles y comunidades de bienes –o cualquier otra agrupación de personas sin personalidad jurídica propia–, así como las uniones temporales de empresas, dedicadas profesionalmente a la producción de actividad escénica, que desarrollen mayoritariamente su actividad en la Comunidad Autónoma de Galicia, quedando exceptuadas las asociaciones y restantes entidades sin fines de lucro. En el supuesto de la modalidad 1 (empresas de nueva creación), además de los requisitos anteriores, es preciso que la antigüedad de la compañía no sea superior a los 5 años.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las modalidades de subvención que comprende esta convocatoria son las siguientes:

• Modalidad 1. Subvenciones a la producción de espectáculos de empresas de nueva creación, y con proyectos que no superen los 20.000 euros de presupuesto.

• Modalidad 2. Subvenciones a la producción de espectáculos de pequeño formato, que son aquéllos compuestos por un máximo de tres actores, actores-manipuladores, bailarines o músicos en escena, y que no superen los 30.000 euros de presupuesto.

• Modalidad 3. Subvenciones a la producción de espectáculos de mediano formato, que son aquéllos compuestos por entre cuatro y siete actores, actores-manipuladores, bailarines o músicos en escena, y que no superen los 60.000 euros de presupuesto.

• Modalidad 4. Subvenciones a la producción de espectáculos de gran formato, que son aquéllos compuestos por más de siete actores, actores-manipuladores, bailarines o músicos en escena, y que no superen los 80.000 euros de presupuesto.

Documentos asociados

Boletín: 30/12/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 249
Documento: Bases, Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 30/12/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 249
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento