Subvenciones a la participación en la 49.ª Sesión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer para la Revisión de la Declaración y Plataforma para la Acción de Beijing y el Documento de Resultados de la 23 Sesión Especial de la Asamblea General de Naciones Unidas.

Código de ayuda:

S03546/05

Norma:

Orden TAS/202/2005, de 4 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/02/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:


Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se concederá una bolsa de viaje por cada entidad solicitante, correspondiente a los gastos de un billete de avión Madrid-Nueva York-Madrid y hotel de alojamiento incluido en un bono de Agencia de Viajes por el importe que resulte de la contratación con ésta a través de un procedimiento negociado sin publicidad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las Asociaciones, Organizaciones No Gubernamentales y Entidades Sociales sin ánimo de lucro y que se dediquen con carácter
prioritario y de forma habitual a la realización de actividades dirigidas a la promoción de la Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres y así se establezca en sus estatutos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La asistencia y participación de Asociaciones, Organizaciones no gubernamentales y Entidades sociales, en la «Revisión de la Declaración y Plataforma para la Acción de Beijing y el Documento de Resultados de la 23 Sesión Especial de la Asamblea General de Naciones Unidas», que se celebrará en Nueva York en el mes de Marzo de 2005.

Requisitos:

- Estar legalmente constituidas.
- Tener personalidad jurídica propia, capacidad de obrar y no encontrarse inhabilitada para la obtención de subvenciones públicas o para contratar con el Estado u otros entes públicos.
- Tener ámbito estatal de actuación según titulo constitutivo.
- Haber justificado, en su caso, las ayudas económicas recibidas con anterioridad del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
- Estar acreditadas en el Consejo Económico y Social (ECOSOC) en Naciones Unidas o haber estado acreditadas en Beijing y/o Beijing+5.

Documentos asociados

Boletín: 08/02/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 33
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento