Subvenciones a la paralización temporal de la flota de embarcaciones marisqueras que opera en el Golfo de Cádiz en las modalidades de draga hidráulica y rastro remolcado.- Convocatoria 2021.

Código de ayuda:

S14191/20

Norma:

Orden de 6 de abril de 2020. Orden de 22 de mayo de 2020. Orden de 25 de marzo de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 21 de abril de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto es la convocatoria de ayudas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a medidas destinadas a la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota de artes menores afectada por el Plan de Gestión para la pesquería de la especie denominada Chirla (Chamelea gallina) en la modalidad de draga hidráulica y rastro remolcado en el Golfo de Cádiz, aprobado mediante Orden de 6 de abril de 2020 por la que se establece un Plan de Gestión para la captura de la especie denominada Chirla (Chamelea gallina) en el Golfo de Cádiz, en las modalidades de draga hidráulica y rastro remolcado, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la paralización temporal de la flota de embarcaciones marisqueras que opera en el Golfo de Cádiz en las modalidades de draga hidráulica y rastro remolcado, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (2014-2020), y se modifica la Orden de 29 de junio de 2017, por la que se regula el marisqueo desde embarcación con draga hidráulica en el Golfo de Cádiz estableciendo medidas técnicas a fin de alcanzar niveles de rendimiento máximo sostenible.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe total disponible para la presente convocatoria es de 1.100.000 euros, no pudiendo superarse la citada cuantía. Estos créditos están cofinanciados en un 50% con fondos procedentes del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca y el otro 50% con fondos procedentes de la Junta de Andalucía.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las personas físicas o jurídicas (armadores/explotadores), así como las agrupaciones identificadas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones encargadas de la explotación de buques pesqueros afectados por la parada temporal que estén registrados como activos en el Registro General de la Flota Pesquera, y que hayan llevado a cabo una actividad pesquera de al menos 120 días en el mar, durante los dos años civiles anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.

b) Las personas físicas (tripulantes) que hayan trabajado en el mar al menos 120 días durante los dos años civiles anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda, a bordo de un buque pesquero afectado por la paralización temporal.

Documentos asociados

Boletín: 15/04/2020
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 71
Documento: Bases Reguladoras 2020 Descargar Documento
Boletín: 01/06/2020
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 103
Documento: Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 01/06/2020
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 103
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 07/04/2021
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 64
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento
Boletín: 07/04/2021
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 64
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento