Subvenciones a la modernización, innovación y digitalización en el sector del patrimonio cultural.

Código de ayuda:

S44355/21

Norma:

ORDEN CYT/971/2021, de 19 de agosto. Orden de 26 de octubre de 2021. Orden de 24 de agosto de 2022. Orden de 28 de marzo de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 18 de abril de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, para el año 2023, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones destinadas a la modernización, innovación y digitalización en el sector del patrimonio cultural.


Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Patrimonio Cultural y Arquitectura

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía individualizada de las subvenciones no podrá ser superior al 75% del total de los gastos subvencionables para los que se solicita la subvención, con un límite de 75.000 euros por beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

a) Las Universidades públicas y privadas.

b) Las asociaciones y fundaciones cuya actividad esté relacionada con la investigación, estudio, gestión, restauración o difusión del patrimonio cultural.

c) Las pequeñas, medianas o micro empresas, ya sean personas físicas o jurídicas privadas del sector del patrimonio cultural.

También podrán ser beneficiarios las agrupaciones de empresas, ya sean personas físicas o jurídicas privadas o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las actuaciones para las que se solicita la subvención.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Gastos de personal adscrito al proyecto subvencionado. No podrán superar el 50% de la cuantía total solicitada.

b) Alquiler de software.

c) Alquiler de equipos, excepto dispositivos informáticos de uso genérico (PC, ordenadores portátiles, tablets e impresoras).

d) Adquisición de materiales fungibles.

e) Adquisición de equipamiento inventariable de uso exclusivo para el proyecto, excepto dispositivos informáticos de uso genérico (PC, ordenadores portátiles, tablets e impresoras).

Documentos asociados

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