Subvenciones a la inversion industrial para el año 2009.

Código de ayuda:

S51382/09

Norma:

Orden IND/16/2009, de 29 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/08/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y convocar subvenciones para el año 2009 destinadas a incentivar inversiones que se ejecuten en el sector industrial dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Categorías Subvención

  • Financiación Preferente / Préstamos
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Industria y Desarrollo Tecnológico (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención se determinará como porcentaje sobre la inversión subvencionable en función de la puntuación obtenida según los criterios de valoración del artículo 11. Dicho porcentaje no superará la intensidad máxima de ayuda del 15 %, límite máximo de ayuda regional vigente para Cantabria según el mapa de ayudas de finalidad regional de España para el período 2007-2013 aprobado por la Comisión Europea (Diario Oficial de la Unión Europea C 35 de 17.2.2007).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas que, cumpliendo los requisitos previstos
en el artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, sean titulares de actividades empresariales localizadas en Cantabria y estén dadas de alta en el epígrafe correspondiente a la actividad subvencionable del impuesto sobre actividades económicas y en
la Seguridad Social.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La adquisición de terrenos, la urbanización de los mismos, la construcción de naves o edificios industriales y obra civil en general, siempre que estas inversiones estén directamente aplicadas a la actividad industrial.

b) Las inversiones que propicien una mejora tecnológica en los procesos de manera significativa y aumenten la competitividad, aplicando las mejores técnicas disponibles con el objetivo de compatibilizar la actividad industrial y el medio ambiente.

c) La inversión en bienes de equipo, maquinaria de proceso, servicios de electricidad, informática y comunicaciones, generadores térmicos, elementos de transporte interior, vehículos especiales de transporte exterior, equipos
de medida y control e instalaciones de seguridad.

d) Bienes de equipo e instalaciones destinados a la eliminación y reducción de vertidos, emisiones contaminantes y residuos que estén directamente relacionados con la actividad empresarial.

e) Bienes de equipo e instalaciones destinados a la reutilización de los residuos y a la obtención de materiales recuperados de los residuos que estén directamente relacionados con la actividad empresarial

Documentos asociados

Boletín: 06/07/2009
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 128
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento