Subvenciones a la financiación de intereses y otros gastos, de los préstamos formalizados por las cooperativas agroalimentarias de Aragón, destinados a su consolidación patrimonial para hacer frente a la situación excepcional generada por la crisis sanitaria derivada del COVID-19.

Código de ayuda:

S57482/20

Norma:

ORDEN AGM/1055/2020, de 30 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 27 de noviembre de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 200.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1. Esta Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones a la financiación de intereses y otros gastos de préstamos que tengan por objeto la consolidación patrimonial de las cooperativas agroalimentarias de Aragón, especialmente afectadas por las especiales circunstancias actuales, y su convocatoria para el año 2020.

2. Su finalidad es paliar los efectos que está provocando la pandemia del COVID-19, lo que hace necesario reconstruir el tejido económico y social de Aragón, adoptando soluciones que reduzcan la destrucción de empresas y puestos de trabajo. Uno de los sectores que se ha visto afectado es el sector cooperativo aragonés que ha visto mermada de forma considerable su actividad y como resultado de ello el debilitamiento de su estructura fnanciera.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Dentro del crédito disponible, la cuantía individualizada de la subvención se determinará conforme establece el siguiente apartado, sin que dicha cuantía pueda superar el coste efectivo de los intereses y la cantidad de 200.000 € en tres ejercicios fiscales.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Tendrán la condición de entidades beneficiarias las cooperativas agroalimentarias de Aragón.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La comisión de estudio, así como el coste total de la comisión de gestión de los avales concedidos por entidades de caución a las cooperativas agroalimentarias de la Comunidad Autónoma de Aragón, necesarios para la obtención de préstamos de entidades financieras en las condiciones y términos regulados en el mismo.

b) El coste de los intereses generados por los préstamos formalizados con las entidades financieras, en los términos y condiciones establecidos en esta orden, por las cooperativas agroalimentarias de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Requisitos:

a) Que haya sido aprobado en Asamblea General y así conste en la correspondiente acta, la adopción de un compromiso por parte de la cooperativa de destinar el importe íntegro del préstamo a su consolidación patrimonial.

b) La existencia de una participación en el capital social de cooperativas o en empresas participadas que hayan solicitado y/o declarado concurso de acreedores a partir del 14 de marzo de 2020, fecha de aprobación del estado de alarma, que sumadas a los saldos comerciales vencidos y no cobrados originado por clientes o empresas participadas que hayan solicitado y/o declarado concurso de acreedores a partir del 14 de marzo de 2020, superen un importe mínimo de 50.000 €.

c) Que el importe determinado en el apartado anterior suponga una grave afección patrimonial, determinada en una reducción de al menos un 20% de su Patrimonio Neto.

Documentos asociados

Boletín: 06/11/2020
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 221
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 06/11/2020
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 221
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento