Subvenciones a la contratacion de trabajadores/as en entidades sin animo de lucro para la realizacion de servicios y obras de interes general y social. Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S05882/09

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 27/02/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria de subvenciones está orientada al impulso y apoyo de proyectos e iniciativas para la prestación de servicios o ejecución de obras de interés general, que se destinarán a la financiación de los costes salariales de las personas que, reuniendo los requisitos exigidos en las bases, se contraten para el desarrollo de las actuaciones descritas.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Ayuntamiento de Gijón (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la subvención será igual al resultado de multiplicar el número de personas contratadas por el número de meses de duración del contrato y por el importe del módulo que le corresponda en función del grupo de cotización a la seguridad social de la persona contratada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Entidades sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, que presenten proyectos de interés público que generen y mantengan empleo y que, reuniendo los requisitos generales establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y en el artículo 6 de la ordenanza por la que se regula el Régimen General de Concesión de subvenciones y Ayudas del Ayuntamiento de Gijón.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Consultar base cuarta.

Requisitos:

Tener centro de trabajo en el territorio municipal de Gijón.

Estar inscritas en el Registro nacional de Asociaciones, Registro Autonómico de la Administración del Principado de Asturias o local del Ayuntamiento de Gijón.

No haber sido excluidas del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo, por la comisión de infracciones tipificadas en tal materia en el artículo 46.2 del Real Decreto Legislativo 5/2000, sobre infracciones y sanciones en el orden social.

Documentos asociados

Boletín: 28/01/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 22
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento