Subvenciones a instituciones, entidades y asociaciones sin ánimo de lucro para la realización de actividades de Educación Ambiental.

Código de ayuda:

S01364/06

Norma:

Regulación en ORDEN MAM/1752/2005, de 23 de diciembre. ORDEN MAM/1796/2005, de 30 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/01/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar el desarrollo de la educación ambiental, dentro del marco de la Estrategia de Educación Ambiental de Castilla y León, entre las entidades y colectivos sociales, y a través de ella concienciar a la población sobre el medio ambiente y el desarrollo sostenible.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Formación
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La cuantía mínima prevista de la subvención para cada actividad se establece en 600 euros.

2. Asimismo, se determina una cuantía máxima subvencionable, que será de 5.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las instituciones, entidades y asociaciones sin ánimo de lucro válidamente constituidas, que tengan su domicilio social o una delegación oficialmente establecida en Castilla y León y que vayan a desarrollar las actividades objeto de la subvención en el ámbito de la Comunidad Autónoma.

No podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las Universidades públicas de Castilla y León, los Ayuntamientos de localidades de más de 20.000 habitantes y las Diputaciones Provinciales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Honorarios de monitores, docentes, dirección y coordinación.

b) Dietas y gastos de desplazamiento de docentes, monitores, dirección y coordinación.

c) Publicidad, captación de participantes y difusión.

d) Alquiler de equipos didácticos: Aulas, proyectores, etc.

e) Alquiler de maquinaria.

f) Gastos de transporte de los participantes para la realización de viajes de prácticas o visitas formativas.

g) Material fungible: Material didáctico, documentación, etc.

h) Gastos de consultoría y asistencia técnica, hasta un límite del 75% del coste total de la actividad.

i) Gastos generales de organización y gestión de la actividad (teléfono, fax, luz, correo, etc.) con un máximo de 300 €.

No podrán ser objeto de estas subvenciones los gastos de adquisición de material inventariable, ni los de construcción, reforma o equipamiento u otros cualesquiera que constituyan inversiones reales o de carácter permanente.

Documentos asociados

Boletín: 27/12/2005
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 248
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 04/01/2006
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 3
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento