Subvenciones a festivales de música.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S15482/17

Norma:

RESOLUCIÓN CLT/2818/2015, de 26 de noviembre. RESOLUCIÓN CLT/743/2017, de 5 de abril. RESOLUCIÓN CLT/871/2017, de 21 de abril. RESOLUCIÓN CLT/138/2018, de 2 de febrero. RESOLUCIÓN CLT/1171/2018, de 4 de junio. RESOLUCIÓN CLT/2143/2017, de 4 de septiembre. RESOLUCIÓN CLT/1816/2016, de 21 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 4 de julio de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta línea de subvenciones es apoyar a festivales de música de carácter profesional.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Para la modalidad a) de la base 1.1 (festivales organizados por ayuntamientos o entes dependientes, así como los organizados por empresas o entidades privadas con una financiación mayoritariamente pública) se establece un máximo del 30% del coste de la actividad y la subvención no podrá ser superior a 40.000,00 euros.

b) Para la modalidad b) de la base 1.1 (festivales de alto interés cultural) se establece un máximo del 50% del coste de la actividad para cada edición, a excepción del festival especializado en música clásica contemporánea, que puede llegar hasta un 60% para cada edición.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Empresas privadas, ya sean físicas o jurídicas, incluyendo las sociedades civiles.

b) Entidades privadas sin ánimo de lucro.

c) Ayuntamientos de Cataluña y entes dependientes, incluidas las sociedades mercantiles con capital social
íntegramente o mayoritariamente público.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Subvenciones a una edición de los festivales organizados por ayuntamientos o entes dependientes, así como los organizados por empresas o entidades privadas con una financiación mayoritariamente pública.

b) Subvenciones trienales a festivales de alto interés cultural. En esta modalidad se subvencionan tres
ediciones consecutivas de un único festival de cada una de las siguientes especialidades:

1. música clásica;

2. música clásica catalana;

3. música antigua;

4. música clásica contemporánea;

5. lied y música de cámara;

6. lírica, música clásica y danza;

7. pop rock;

8. canción de autor;

9. música de raíz tradicional;

10. música de jazz.

Documentos asociados

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