Subvenciones a federaciones deportivas melillenses 2.009.

Código de ayuda:

S72119/08

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/12/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regulación de los criterios y procedimiento para la concesión de subvenciones a las federaciones
deportivas autonómicas de Melilla, inscritas en el Registro General de Asociaciones Deportivas de la
Ciudad Autónoma de Melilla. Dichas subvenciones están destinadas a sufragar los gastos de los programas deportivos que sean aprobados en esta convocatoria.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Melilla

Convoca:

Consejería de Deporte y Juventud (Melilla)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las subvenciones no podrá exceder, en ningún caso, del 80 % del coste material de los
proyectos o programas que se consideren subvencionables, pudiendo la Comisión creada al efecto, solicitar cuantos informes o presupuestos sean necesarios a distintos proveedores en el caso de que los costes presentados por las entidades sean considerados demasiado elevados por parte de la citada Comisión.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Aquellas federaciones deportivas autonómicas que, en el momento de la publicación de la presente
convocatoria, se encuentren inscritas definitivamente en el Registro de Asociaciones Deportivas de la Ciudad Autónoma de Melilla. En cualquier caso, los beneficiarios deberán acreditar que el ámbito de actuación de la actividad subvencionada se circunscribe a la Ciudad de Melilla, y que cumplen, en todo caso, los requisitos específicos que la presente convocatoria requiere.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Administración y Gestión.

b) Organización del Campeonato Autonómico de su respectiva modalidad.

c) Actividades de promoción deportiva de su modalidad.

d) Actividades de promoción destinadas a la mujer.

e) Programas de tecnificación deportiva.

f) Actividades de formación.

Requisitos:

1. Cumplir el proyecto o actividad que fundamentó la concesión de la subvención.

2. Justificar ante la Ciudad Autónoma de Melilla, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y finalidad que determine la concesión de la subvención.

3. Someterse a las actuaciones de comprobación y control que sean debidamente requeridas por los órganos de la Ciudad, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de estas actuaciones y que estén relacionadas con la concesión de la subvención.

4. Comunicar a la Ciudad Autónoma la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

5. Acreditar junto con la solicitud de subvención que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o autorizar a la Ciudad Autónoma a solicitar dicha documentación.

6. Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable o, en su caso, los estados contables que garanticen el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.

7. Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de control y comprobación.

8. Deberán dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de programas, actividades,
inversiones o actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención, con el logotipo de la
Consejería de Deporte.

9. Proceder al reintegro de los fondos públicos percibidos en los supuestos contemplados en el art.
37 de la Ley 38/2003.

10. Tener debidamente justificadas las subvenciones concedidas con anterioridad por la Ciudad Autónoma de Melilla.

11. Haber realizado actividad en los últimos dos años.

12. Mantener todos los términos del proyecto aprobado objeto de subvención, no pudiéndose realizar
ninguna modificación del mismo sin la autorización de la Consejería de Deporte y Juventud.

13. Informar a la Asamblea de la Asociación del contenido pormenorizado del proyecto o programa
subvencionado en el plazo máximo de un mes desde la concesión de la subvención. Dicho cumplimiento
se comunicará por escrito a la Consejería de Deporte y Juventud.

14. Colaborar con la Consejería de Deporte y Juventud en todos los programas llevados a cabo por la misma en los que su colaboración sea requerida.

15. Presentar cuantos informes técnicos o informativos sean solicitados por la Consejería de Deporte y Juventud.

16. Presentar a la finalización del proyecto o programa objeto de subvención, memoria del mismo según el modelo oficial (Anexo III).

17. Justificar la subvención recibida en los plazos que se establecen en el artículo 8 de la presente
convocatoria, utilizando para ello el anexo IV de la misma.

Documentos asociados

Boletín: 21/11/2008
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 4558
Documento: Convocatoria 2008, Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín: 21/11/2008
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 4558
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento