Subvenciones a federaciones de asociaciones de madres y padres de alumnado para la realización de determinadas actuaciones en materia de participación educativa.

Código de ayuda:

S49637/21

Norma:

ORDEN ECD/1199/2021, de 15 de septiembre. ORDEN ECD/1516/2021, de 11 de noviembre. ORDEN ECD/1379/2022, de 27 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de octubre de 2022.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 25.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones a federaciones de asociaciones de madres y padres de alumnado no universitario de centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, para la realización de determinadas actuaciones en materia de participación educativa.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Educación, Cultura y Deporte (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de las subvenciones reguladas en las presentes bases reguladoras quedará refejado en la correspondiente convocatoria, sin que se pueda superar por beneficiario el importe de 25.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de este tipo de subvenciones las federaciones de asociaciones de madres y padres de alumnado escolarizado en centros sostenidos con fondos públicos, radicadas en la Comunidad Autónoma de Aragón, que estén inscritas de conformidad con la normativa aplicable.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Gastos de personal, propio o contratado para la realización de la actividad subvencionable.

b) Gastos en material fungible, publicidad, reprografía e información y difusión de las actividades subvencionables, que no supongan un incremento patrimonial para el benefciario.

c) Gastos de desplazamiento indispensables para la preparación y realización de las actividades subvencionables. Este apartado se someterá a las limitaciones que establezca el correspondiente Plan de Racionalización del gasto corriente del Gobierno de Aragón.

d) Gastos de arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, reparaciones, mantenimiento, conservación y suministros necesarios para la realización de la actuación objeto de la subvención.

e) Servicios externos realizados por empresas o profesionales dirigidos a la realización de la actuación subvencionable

Documentos asociados

Boletín: 29/09/2021
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 202
Documento: Bases Reguladoras 2021 Descargar Documento
Boletín: 18/11/2021
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 236
Documento: Convocatoria 2021 (Completa) Descargar Documento
Boletín: 18/11/2021
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 236
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 05/10/2022
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 194
Documento: Convocatoria 2022 (Completa) Descargar Documento
Boletín: 05/10/2022
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 194
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento