Subvenciones a favor de entidades sin animo de lucro para el desarrollo de programas en el ambito de los servicios sociales especializados dirigidos a la integracion de las personas con discapacidad y sus familias para el año 2010.

Código de ayuda:

S39337/10

Norma:

Resolucion de 5 de mayo de 2010. Resolución de 11 de junio de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/07/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El mantenimiento de programas de Servicios sociales especializados dirigidos a la integración de personas con discapacidad y sus familias, cuya realización se lleve a cabo dentro del territorio del Principado de asturias mediante dos lineas siguientes:

1.ª desarrollo de programas ordinarios en el ámbito de servicios sociales especializados dirigidos a la integración de las personas con discapacidad y sus familias.

2.ª desarrollo de programas esenciales por su repercusión y experiencia en el ámbito de los servicios sociales especializados dirigidos a la integración de las personas con discapacidad y sus familias.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Discapacidad / Personas con discapacidad

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Bienestar Social y Vivienda (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía individualizada de la subvención por proyecto vendrá determinada en función del crédito disponible y no podrá ser, en ningún caso, superior a:

• Para la línea 1 programas ordinarios para el apoyo a la integración de las personas con discapacidad y sus familias: 25.000 euros.

• Para la línea 2 programas esenciales por su repercusión y experiencia, al crédito asignado a cada tipo de programa esencial, según lo dispuesto en el apartado tercero de la presente resolución de convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán concurrir las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que lleven a cabo programas de programas en el ámbito de los servicios sociales especializados dirigidos a la integración de las personas con discapacidad y sus familias en el Principado de asturias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

línea 1: Programas ordinarios para el apoyo a la integración de las personas con discapacidad y sus familias:

a) programas para el desarrollo de habilidades y de cauces innovadores para fomentar la participación de las personas con discapacidad en la comunidad.
b) programas de atención, orientación y apoyo a las familias.
c) Programas de apoyo a las personas con discapacidad en proceso de envejecimiento y a sus familias.
d) Programas de promoción de la autonomía personal.
e) Programas que favorezcan la permanencia de la persona con discapacidad en su propio entorno.
f) Programas dirigidos a favorecer la integración social de las mujeres con discapacidad.
g) Programas de integración de las personas con discapacidad en cultura, deporte y ocio normalizados.

línea 2: Programas esenciales por su repercusión y experiencia.

a) Programas de interpretación de lengua de signos española.
b) Programas de apoyo a la comunicación oral.
c) Programas dirigidos a favorecer la integración de las personas con lesión medular.
d) Programas dirigidos a favorecer la integración de personas con discapacidad física y orgánica.
e) Programas dirigidos al disfrute de ocio y tiempo libre en la comunidad a usuarios de centros de apoyo a la integración, dependientes de la Consejería de Bienestar social y vivienda.
f) Programas dirigidos a favorecer a personas con síndrome de down.
g) Programas para la dinamización y promoción del tejido asociativo en discapacidad intelectual.
h) Programas de ayuda a domicilio con pacientes afectados por la enfermedad de alzheimer.
i) Programas dirigidos a favorecer la integración social de las personas con enfermedad de alzheimer residentes en el Principado de asturias.
j) Programas dirigidos a promover la normalización social de todos los colectivos de personas con discapacidad.
k) Programas dirigidos a favorecer la integración de las personas en salud mental.

Requisitos:

1. estar legalmente constituidas.

2. Todas las entidades que solicitan la subvención carecerán de fin de lucro, circunstancia que constará de forma explícita en los estatutos.

3. deberán tener un funcionamiento democrático, con representación en los órganos de gobierno de la entidad de los distintos estamentos vinculados por el servicio prestado.

4. en el caso de Fundaciones, haber presentado las cuentas anuales, que comprenden el balance, la cuenta de resultados y la memoria de la situación financiera y de los resultados de la Fundación, de acuerdo con lo establecido en la ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

Documentos asociados

Boletín: 16/06/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 138
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 16/06/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 138
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento
Boletín: 25/06/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 146
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento