Subvenciones a familias, instituciones sin fines de lucro y empresas privadas para actuaciones que complementen programas en la Región de Murcia.

Código de ayuda:

S03428/03

Norma:

Orden de 1 de octubre de 2003.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/11/2003

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Poder financiar actuaciones a acometer por Familias, Instituciones sin fines de lucro y Empresas Privadas que persigan objetivos complementarios a los que tiene encomendados la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transporte de Murcia.

Categorías Subvención

  • Transporte
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Podrán alcanzar hasta el 100% del coste de las actuaciones subvencionadas que persigan los objetivos señalados.
Hasta el 50% del valor de las obras de reparación según tasación individualizada de los daños.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las Familias e Instituciones sin fin de lucro y empresas privadas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Familias e Instituciones sin fin de lucro: financiar aquellas actuaciones, que supongan para ellas gastos corrientes o de inversión, destinadas a complementar los objetivos generales que tienen fijados esta Consejería en los ámbitos de transporte, puertos, arquitectura, urbanismo, vivienda y carreteras.
Orientadas a complementar las ayudas de esta Consejería con ocasión de los movimientos sísmicos de Lorca en agosto de 2002, a Empresas Privadas.
Las Subvenciones o ayudas se concederán a las empresas para financiar la realización de actuaciones de reposición de daños en edificaciones destinadas a usos terciarios ocasionados por los citados movimientos sísmicos de Lorca.

Requisitos:

El solicitante deberá cumplir el requisito de ser propietario, usufructuario o arrendatario del inmueble siniestrado.
No podrán concederse subvenciones a las Familias, Instituciones sin fin de lucro y Empresas Privadas solicitantes que no se encuentren al corriente de sus obligaciones fiscales con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Documentos asociados

Boletín: 13/10/2003
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 237
Documento: Convocatoria Descargar Documento