Subvenciones a entidades y colectivos ciudadanos sin ánimo de lucro en el ámbito de la participación ciudadana y la iniciativa social.

Código de ayuda:

S10564/04

Norma:

Resolución de 5 de abril de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/05/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Apoyar las diferentes actuaciones que en el ámbito de la participación ciudadana y la iniciativa social, promueven las diversas entidades sin ánimo de lucro de la ciudad, integradas, básicamente, por personas voluntarias que dedican su esfuerzo personal en beneficio de otros ciudadanos.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Ayuntamiento de Pamplona (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Sin concretar, pero:
- 150.000,00 euros para proyectos de actividades con carácter permanente o festivo, presentados por las Asociaciones de vecinos, Coordinadoras Culturales y Comisiones de fiestas de los diferentes barrios de la Ciudad.
- 240.000,00 euros para proyectos de actividades presentados por Asociaciones que trabajan en el ámbito del ocio y tiempo libre con personas adultas y de la tercera edad.
- 57.000,00 euros para proyectos de actividades de las Casas Regionales u otras entidades de interés social, no incluidas en los epígrafes anteriores, que fomenten la integración y participación social a través de actividades abiertas a la ciudadanía en general.

En ningún caso el importe de las subvenciones concedidas podrá ser de tal cuantía que, en concurrencia con otras subvenciones o ayudas procedentes de otras organizaciones o instituciones, públicas o privadas, supere el costo total del proyecto.
En cualquier caso, las actividades que hayan sido subvencionadas en el año 2003, no podrán recibir una cantidad superior a la cantidad percibida en el año 2003, incrementada en un 2,8 %.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades y colectivos ciudadanos sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La realización de proyectos que favorezcan, a través de la realización de actividades, la integración social, las relaciones ciudadanas y la dinamización y participación social:
A) Proyectos con actividades de carácter permanente, cultural, lúdico o festivo, presentados por las Asociaciones de vecinos, Coordinadoras Culturales y Comisiones de fiestas de los diferentes barrios de Pamplona.
B) Proyectos de actividades propuestas por asociaciones que trabajan en el ámbito del ocio y tiempo libre de las personas adultas y de la tercera edad, en los diferentes barrios de Pamplona.
C) Actividades llevadas a cabo por las Casas Regionales u otras entidades de interés social no incluidas en los epígrafes anteriores, que fomenten la integración y participación social a través de actividades abiertas a la ciudadanía en general.

Las subvenciones concedidas podrán cubrir también los gastos correspondientes a:
a) Gastos de personal: se podrá subvencionar los gastos por remuneración de monitores, imputados a la realización de la actividad. Estos gastos deberán estar justificados en la forma que legalmente proceda.
b) Gastos en concepto de charlas: se podrán subvencionar los gastos derivados de charlas organizadas por la asociaciones considerandose como una actividad más del proyecto presentado.
c) Seguro de responsabilidad civil: se incluye como materia de subvención aquel gasto derivado de la formalización de un seguro de responsabilidad civil que dé cobertura a la actividad subvencionada por esta convocatoria. En el caso de que la asociación contrate un seguro que cubra todas las actividades a realizar por la misma, imputará al programa que presenta para ser subvencionado la parte proporcional que le corresponda.
d) Los gastos derivados de excursiones serán objeto de subvención, cuando la realización de las mismas sean fundamentales para cumplir los objetivos de la actividad programada.
e) No se subvencionarán actividades derivadas del funcionamiento interno de la asociación (actividades de formación interna, publicación de boletines, asambleas o encuentros internos de la asociación, etc.).
f) Los gastos administrativos y de gestión para los que se haya obtenido la subvención, no deben superar el 7% del presupuesto.

Requisitos:

1. Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones o Registro de Asociaciones de Navarra a la fecha de presentación de la solicitud.
2. Carecer de fines de lucro.
3. Tener el domicilio social y fiscal en Pamplona.
4. Que el proyecto presentado se ejecute, con carácter general, en el término municipal de Pamplona.
5. No tener suscrito un convenio de colaboración, o una contratación de servicios con el Ayuntamiento de Pamplona, respecto al proyecto para el que solicita financiación, así como no disponer de subvenciones de otras Áreas del Ayuntamiento de Pamplona para la misma actividad.
6. Disponer de estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos propuestos y acreditar la experiencia y capacidad necesaria para el logro de tales objetivos.
7. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con el Ayuntamiento de Pamplona.

Documentos asociados

Boletín: 14/04/2004
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 45
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 14/04/2004
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 45
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