Subvenciones a entidades y asociaciones sin ánimo de lucro, con el fin de impulsar proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de Igualdad y Mujer en materia de información, prevención, atención, sensibilización y formación para la erradicación de la violencia de género, en elaño 2016.

Código de ayuda:

S02291/16

Norma:

Orden MED/11/2015, de 18 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 4 de febrero de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente orden establece las bases reguladoras y convoca subvenciones para entidades y asociaciones sin ánimo de lucro, con el objeto de impulsar proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de Igualdad y Mujer en materia de información, prevención, atención, sensibilización y formación para la erradicación de la violencia de género, desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2016.

Se subvencionarán exclusivamente los proyectos que se encuadren dentro de uno o varios de los siguientes ámbitos:

a) Información y/o sensibilización en materia de violencia de género.

b) Prevención y/o formación en materia de violencia de género.

c) Atención a las víctimas de violencia de género y sus hijos e hijas o personas sujetas a su tutela o acogimiento.

A los efectos del apartado anterior, se entenderá por violencia de género cualquiera de las conductas recogidas como forma de violencia de género en el artículo 3 de la Ley de Cantabria 1/2004, de 1 de abril, Integral para la Prevención de la Violencia Contra las Mujeres y la Protección a sus víctimas.

El número de proyectos a subvencionar se limita a uno por entidad.

Los proyectos habrán de desarrollarse en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejera de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Las entidades beneficiarias de estas subvenciones serán: asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, que en el momento de la publicación de la presente orden habrán de cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener domicilio social en Cantabria, salvo las organizaciones sindicales, que deberán tener delegación en Cantabria.

b) Estar inscritas en el registro público correspondiente.

c) Carecer de ánimo de lucro.

d) No incurrir en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio.

e) Tener entre sus fines la lucha contra la violencia de género constando de forma explicita en los estatutos de la entidad.

f) Contar con experiencia de más de un año en el desarrollo y puesta en marcha de proyectos en materia de violencia de género, debiendo acreditarla de forma fehaciente por cualquier medio válido en derecho.

g) Contar con un local propio o compartido con otras entidades, en propiedad, alquilado o cedido donde desarrolle las actividades, que no sea un domicilio particular.

Documentos asociados

Boletín: 18/01/2016
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 10
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento