Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro que trabajen en el ámbito de la protección del menor y se autoriza el gasto para el año 2022.

Código de ayuda:

S22419/22

Norma:

ORDEN FORAL 58/2022, de 14 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 13 de mayo de 2022.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 25.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer el régimen de concesión de subvenciones para el año 2022, para el funcionamiento y fomento de actividades a entidades sin ánimo de lucro que trabajan en el ámbito de familia, infancia y adolescencia en riesgo de desprotección en la Comunidad Foral de Navarra, así como aquellas que trabajan en la promoción del acogimiento familiar y la adopción.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejería de Derechos Sociales (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención no podrá superar los 25.000 euros anuales por programa y entidad

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Los que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas (ANADP) subvencionará las siguientes acciones, que deberán contemplar en su realización la perspectiva de género:

a) La sensibilización, promoción y divulgación sobre el acogimiento familiar.

b) La sensibilización, promoción y divulgación sobre la adopción.

c) La intervención socio-educativa destinada a familias y niños, niñas y adolescentes en situación de vulnerabilidad y/o programas o actuaciones encaminados a la prevención de situaciones de riesgo de desprotección, en concreto, programas destinados a garantizar el bienestar de la población infanto juvenil.

Requisitos:

a) Ser persona jurídica, legalmente constituida e inscrita en los registros correspondientes.

b) Realizar la actividad subvencionada en territorio de la Comunidad Foral de Navarra.

c) Carecer de fines de lucro.

d) Tener como fines institucionales, según sus propios estatutos, la realización de actividades relacionadas con la sensibilización, promoción del buen trato y prevención de la desprotección y dirigidas familias y a niños, niñas y adolescentes en situación de vulnerabilidad o de riesgo de desprotección.

e) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos.

f) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral de Subvenciones.

g) No haber sido sancionadas o condenadas por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, por resolución administrativa firme o sentencia judicial firme

Documentos asociados

Boletín: 12/04/2022
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 73
Documento: Bases y Convocatoria 2022 Descargar Documento