Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen en 2016 actividades dirigidas a la formación de la comunidad educativa y, en particular, a la formación continua del profesorado y a su actualización didáctica y pedagógica.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S22682/16

Norma:

ORDEN de 22 de junio de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de julio de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente convocatoria es la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, por sus actuaciones encaminadas a la formación de la comunidad educativa, y, en particular, a la formación permanente del profesorado no universitario realizadas en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2015 y el 30 de septiembre de 2016 en los términos señalados en los artículos siguientes.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar las subvenciones objeto de la presente convocatoria las personas jurídicas de carácter privado y sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, que radiquen en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Acciones dirigidas a la formación permanente del profesorado, mediante la organización y gestión de cursos formativos y/o científico-técnicos relacionados con la investigación en el ámbito educativo, la actualización en temas didácticos y pedagógicos y las líneas de actuación prioritarias que impulsa el departamento, recogidas en el Plan Prest_Gara, que puede consultarse en la página web del departamento. Toda acción realizada bajo este epígrafe deberá concretarse en acciones presenciales. Asimismo, para poder acogerse a la subvención se exigirá un mínimo de 15 asistentes a la acción.

Las acciones acogidas a este apartado a) se subvencionarán hasta el 75% del presupuesto subvencionable, con un máximo de 2.000 euros por acción. Además se tendrá en cuenta como límite máximo subvencionable, el de 100 euros por hora de curso presencial impartido, incluidos todos los gastos.

b) Acciones encaminadas a la divulgación e intercambio de experiencias en materia de formación permanente del profesorado, tales como encuentros, congresos o jornadas, así como la edición de publicaciones periódicas de manuales o guías de buenas prácticas, relacionados con la investigación en el ámbito educativo, la actualización en temas didácticos y pedagógicos y el impulso de las líneas de actuación prioritarias del departamento, recogidas en el Plan Prest_Gara, que puede consultarse en la página web del departamento.

Serán subvencionables los gastos hasta un 75% del presupuesto subvencionable, con un máximo de 10.000 euros por acción. Al objeto de justificar las acciones, se admitirán en este apartado b) y con un límite máximo de con un máximo de 1.000 euros, los gastos vinculados a: el diseño, la maquetación, la impresión y la distribución de las publicaciones; la publicidad, el alquiler del local y la coordinación del encuentro, seminario o congreso. Los gastos de coordinación no podrán exceder del 10% de dicho presupuesto con un límite máximo de 500 euros.

Documentos asociados

Boletín: 30/06/2016
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 124
Documento: Bases y Convocatoria 2016 Descargar Documento