Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro que contribuyan al fomento de la Tauromaquia en la Comunidad deMadrid en el año 2026.
Código de ayuda:
S17691/26Norma:
Orden 2291/2026. ORDEN 1116/2026, de 8 de abril.Plazo de Solicitud:
Hasta el 23 de julio de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Se realiza la convocatoria para 2026, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas destinadas a entidades sin ánimo de lucro que contribuyan a fomentar la Tauromaquia en la Comunidad de Madrid.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor
Comunidad de MadridConvoca:
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Límite máximo de 3.000 euros por beneficiario.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas, que realicen sus actuaciones en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid y cuyo objeto sea la realización de actuaciones dirigidas a potenciar, promover, desarrollar o divulgar actividades taurinas.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Tendrán la consideración de actuaciones subvencionables las siguientes actividades de información, difusión y divulgación de la Tauromaquia:a) Actividades culturales: organización de capeas, sueltas de reses, homenajes a personajes relevantes para la Tauromaquia, visitas a ganaderías de reses bravas, museos taurinos o plazas de toros, así como actividades de toreo de salón.
b) Estudios y trabajos de investigación: se considerarán subvencionables los estudios y trabajos de investigación relativos a cualquier ámbito de la Tauromaquia. Dichos estudios y trabajos deberán publicarse por cualquier medio, ya sea escrito o digital.
c) Publicaciones y revistas: se considerará subvencionable la publicación, en papel o en formato digital, de libros, revistas, guías, folletos o carteles de carácter informativo o que contribuyan a la difusión y divulgación de la Tauromaquia.
d) Creación o mejora de páginas web que contribuyan a la divulgación de la Tauromaquia, así como los gastos derivados de su mantenimiento.
2. Asimismo, tendrán la consideración de gasto subvencionable las actividades promocionales o de inversión realizadas por las entidades beneficiarias para fomentar la Tauromaquia y, en especial, las siguientes:
a) Conferencias, tertulias, jornadas, coloquios, mesas redondas u otros actos de promoción de la Tauromaquia.
b) Exposiciones: tendrán la consideración de actuación subvencionable las exposiciones, permanentes o temporales, relativas a la Tauromaquia.
3. Las actuaciones objeto de subvención deberán desarrollarse en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.
Documentos asociados
Boletín:
20/04/2026
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 92
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 92
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
23/06/2026
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 147
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 147
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
23/06/2026
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 147
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 147
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
