Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para proyectos de intervención socio educativa con personas reclusas y ex reclusas del Centro Penitenciario de Pamplona para el año 2026.
Código de ayuda:
S12737/26Norma:
RESOLUCIÓN 180/2026, de 25 de marzo.Plazo de Solicitud:
Hasta el 22 de mayo de 2026.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 14.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
La Dirección General de Justicia convoca una subvención para el año 2026 mediante la cual se financiarán proyectos de inclusión social en el ámbito penitenciario realizados por entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro. Estos proyectos tendrán como finalidad la mejora de las condiciones de vida de personas reclusas y/o ex reclusas en riesgo de exclusión social en Navarra, y contribuirán a la lucha contra la pobreza y a la promoción, empoderamiento y autonomía de estas personas, a la reducción de las causas de las desigualdades sociales y a la generación de cambios sistémicos y estructurales que nos permitan avanzar hacia una sociedad más inclusiva, equitativa y cohesionada, propiciando con ello su integración en la sociedad.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor
NavarraConvoca:
Dirección General de Justicia (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe máximo solicitado por proyecto no podrá superar los 140.000 euros en el caso de la modalidad A. El importe máximo por proyecto en la modalidad B será de 5.000 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Entidades sin ánimo de lucro.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
A) Gastos directos necesarios para la ejecución de las actividades del proyectoa.1) Alquileres de inmuebles y gastos corrientes derivados de la utilización de los mismos
a.2) Materiales y suministros que se precisen directamente para la realización de la actividad
a.3) Gastos de personal
a.4) Viajes y dietas
a.5) Servicios técnicos y profesionales
a.6) Gastos financieros
a.7) Se excluirá el importe del impuesto sobre el valor añadido (IVA) en los casos en que éste sea
repercutible, es decir, susceptible de recuperación o compensación
B) Gastos indirectos
Requisitos:
a) Ser personas jurídicas legalmente constituidas de conformidad con su naturaleza jurídica y estar inscritas, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, en el registro que reglamentariamente les corresponda.b) Carecer de fines de lucro.
c) Tener como fines expresos en sus estatutos la intervención social en el ámbito relacionado con la modalidad para la que solicite el proyecto.
d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos.
e) No haber sido objeto de sanción mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones conforme a lo previsto en la legislación en materia de igualdad entre mujeres y hombres o en la legislación general tributaria.
f) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
30/04/2026
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 84
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 84
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
