Subvenciones a entidades sin animo de lucro para la realizacion de proyectos a favor de personas desempleadas dentro de lo recogido en la Ley Foral 7/2009, de 5 de junio por la que se regula la asignacion tributaria del 0,7%.- Convocatoria 2013.- Corrección.

Código de ayuda:

S39191/13

Norma:

ORDEN FORAL 11E/2013, de 8 de octubre. ORDEN FORAL 876/2013, de 30 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/11/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar subvenciones a entidades sin fines de lucro para 2013 mediante las cuales se financiarán proyectos y actuaciones en el ámbito de la Inclusión Social dirigidos a personas que simultáneamente estén en situación de exclusión social y se encuentren desempleadas.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejería de Derechos Sociales (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima concedida por proyecto será de 60.000,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las personas jurídicas que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La realizacion de proyectos a favor de personas desempleadas dentro de lo recogido en la Ley Foral 7/2009, de 5 de junio por la que se regula la asignacion tributaria del 0,7%.

Requisitos:

a) Ser personas jurídicas legalmente constituidas de conformidad con su naturaleza jurídica y estar inscritas, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, en el Registro de Servicios Sociales y Autorizaciones específicas, dependiente del Departamento de Políticas Sociales, o haber solicitado la inscripción de la actuación en el mismo, o en el registro que reglamentariamente les corresponda.

b) Carecer de fines de lucro.

c) Tener como fines expresos en sus estatutos la intervención social en el ámbito de la inclusión social.

d) Tener su domicilio social o delegación permanente en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra.

e) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos.

f) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 22/10/2013
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 204
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento
Boletín: 07/11/2013
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 215
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento