Subvenciones a entidades sin animo de lucro para la eliminacion de barreras arquitectonicas, de transporte y de la comunicacion, asi como para la dotacion de productos de apoyo - Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S41382/09

Norma:

Resolucion de 21 de mayo de 2009. Resolución de 20 de mayo de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 25/06/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La eliminación de barreras arquitectónicas, de transporte y de la comunicación, así como para la dotación de productos de apoyo por un importe total máximo de 466.340,00 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 1606-313L-784-001, de la Ley 3/2009, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2010.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Bienestar Social y Vivienda (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía individualizada de la subvención, en ningún caso podrá ser superior a 80.000 euros, por proyecto presentado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que lleven a cabo programas de acción social dentro del ámbito regional.

Requisitos:

1.—Estar legalmente constituidas.

2.—Todas las entidades que solicitan la subvención carecerán de fin de lucro, circunstancia que constará de forma explícita en los Estatutos.

3.—Deberán tener un funcionamiento democrático, con representación en los órganos de gobierno de la entidad de los distintos estamentos vinculados por el servicio prestado.

4.—Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

5.—Haber justificado debidamente las subvenciones concedidas por la Administración del Principado de Asturias.

6.—En el caso de fundaciones, haber presentado las cuentas anuales, que comprenden el balance, la cuenta de resultados y la memoria de la situación financiera y de los resultados de la fundación, de acuerdo con lo establecido en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

Documentos asociados

Boletín: 27/05/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 121
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín: 25/05/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 119
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento