Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la atención a mujeres en situación de riesgo de exclusión social y especialmente vulnerables ante la violencia de género, por el Instituto Andaluz de la Mujer, en régimen de concurrencia competitiva.

Código de ayuda:

S50955/20

Norma:

Orden de 24 de septiembre de 2020. Resolución de 24 de noviembre de 2020. Orden de 2 de febrero de 2022. Resolución de 26 de abril de 2022. Resolución de 6 de octubre de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 6 de noviembre de 2023.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 50.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente convocatoria es la financiación de programas que tengan como finalidad la atención y acogida a mujeres en situación de riesgo de exclusión social y especialmente vulnerables ante la violencia de género.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad (Andalucía)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Entidades privadas sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Programas que tengan como objetivo la asistencia,atención y acogida de manera exclusiva a mujeres en
situación de riesgo de exclusión social con la finalidad de favorecer la prevención contra la violencia de género dada su especial vulnerabilidad y en aplicación de las medidas que se contemplan en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Tendrán tal condición los siguientes programas, dirigidos de manera clara y exclusiva a atender a mujeres que se pudieran encontrar en riesgo de exclusión social y especialmente vulnerables ante la violencia de género:

1. Programas para mujeres víctimas de trata con fines de explotación sexual.

2. Programas para mujeres exreclusas.

3. Programas para mujeres migrantes con exclusión social.

4. Programas para mujeres gitanas con exclusión social.

5. Programas para mujeres con discapacidad y exclusión social.

6. Programas para mujeres en otra situación de exclusión social.

Requisitos:

- Tener su domicilio social en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

- Estar legalmente constituidas.

- Cumplir las obligaciones en materia de autorización y registro establecidas en el Decreto 102/2000, de 15 de marzo, de modificación del Decreto 87/1996, de 20 de febrero, por el que se regula la autorización, registro, acreditación e inspección de los Servicios Sociales de Andalucía.

- No estar incursas en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 30/09/2020
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 190
Documento: Bases Reguladoras 2020 Descargar Documento
Boletín: 27/11/2020
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 230
Documento: Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 27/11/2020
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 230
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 12/01/2021
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 6
Documento: Corrección de Errores Bases Descargar Documento
Boletín: 08/02/2022
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 26
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
Boletín: 10/05/2022
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 87
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 10/05/2022
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 87
Documento: Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 13/10/2023
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 197
Documento: Convocatoria 2023 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 13/10/2023
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 197
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento