Subvenciones a entidades sin animo de lucro para gastos de funcionamiento del programa de Vivienda de Integracion Social - Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S39073/08

Norma:

ORDEN FORAL 151/2008, de 18 de abril. ORDEN FORAL 204/2009, de 26 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Dentro del ejercicio del año 2009.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiar gastos de personal y funcionamiento para el desarrollo por dichas entidades del programa de Vivienda de Integración Social.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deportes (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro.

Requisitos:

Podrán acogerse a las subvenciones previstas en esta convocatoria las entidades de iniciativa social que reúnan los siguientes requisitos:

a) Estar inscritas en el Registro de Servicios Sociales dependiente del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

b) Carecer de fines de lucro.

c) Tener su domicilio social o delegación permanente en Navarra.

d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos.

e) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral de Subvenciones.

f) Haber sido calificadas como colaboradoras del Programa de Vivienda de Integración Social y haber firmado el correspondiente Acuerdo de colaboración con el Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio y el Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Deporte y Juventud, para el Programa del año 2008, en el que en su cláusula séptima decía: Este Acuerdo de Colaboración entrará en vigor el 1 de enero de 2007 y tendrá una duración máxima de cuatro años, permaneciendo vigente hasta el 31 de diciembre de 2010.

Documentos asociados

Boletín: 26/05/2008
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 65
Documento: Convocatoria 2008 y Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 15/06/2009
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 73
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento