Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de espectáculos y actuaciones culturales en la Región de Murcia.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S17773/16

Norma:

Orden de 27 de mayo de 2016. Resolución de 2 de junio de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 24 de junio de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Resolución tiene por objeto, convocar subvenciones económicas, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades y fundaciones sin ánimo de lucro para contribuir a los gastos de desplazamiento, dietas y gastos inherentes al montaje y desarrollo de espectáculos y eventos culturales que se celebren en
los distintos municipios de la Región de Murcia; ya sean organizados o en los que participe directamente la asociación o fundación. Las disciplinas artísticas comprendidas serán: teatro (sala y calle), circo, danza, música y folklore.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Cultura y Portavocía (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las subvenciones reguladas en la presente Resolución se concederán con cargo al crédito consignado en el presupuesto del ICA para el ejercicio 2016 y tendrán una dotación máxima de ciento cincuenta mil euros (150.000,00€).

La cuantía máxima de subvención a aportar por el ICA a cada proyecto no podrá exceder de 6.000,00 €.
Se admitirán un máximo de tres proyectos por entidad, por orden de preferencia.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades sin ánimo de lucro asociaciones y fundaciones, que desarrollen su actividad principal y tengan su domicilio social en la Región de Murcia debidamente inscritas en el Registro de asociaciones o en el de fundaciones de la Región de Murcia. A tal efecto, se
firmará la correspondiente declaración responsable.

Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones las entidades que:

a) Estén incursas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 18 de noviembre, General de Subvenciones.

b) Tengan obligaciones tributarias en período ejecutivo, ante esta Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que estén suspendidas o garantizadas.

c) No estén al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración Estatal.

d) En su caso, no estén al corriente de las obligaciones frente a la Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 01/06/2016
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 126
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
Boletín: 02/06/2016
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº
Documento: Convocatoria 2016 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 04/06/2016
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 129
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento