Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de Programas de Cualificación Inicial de Formación Profesional, en la modalidad de talleres profesionales y de aulas o talleres profesionales especiales, y convocatoria de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, para el desarrollo de Programas de Cualificación Inicial de Formación Profesional, en la modalidad de talleres profesionales, iniciados en el año 2022, en el marco del programa FSE + Aragón 2021-2027.

Código de ayuda:

S25164/23

Norma:

ORDEN ECD/636/2023, de 9 de mayo. ORDEN ECU/1555/2023, de 27 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 21 de noviembre de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, para el desarrollo de programas de cualificación inicial de formación profesional, en la modalidad de talleres profesionales, iniciados en el año 2022, dirigidos a jóvenes preferentemente no escolarizados, que tengan cumplidos los dieciséis años en el año natural de inicio del programa y no superen los veintiún años, y que deseen cualificarse profesionalmente como medio para conseguir una inserción laboral.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Educación y Ciencia
  • Empleo
  • Formación
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Educación, Ciencia, y Universidades (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Por el Departamento de Educación, Cultura y Deporte con cargo a la aplicación presupuestaria, será cofinanciado al 60% por un importe de 297.000 €, y al 40% por el Programa Fondo Social Europeo Plus de Aragón 2021-2027, con cargo a la aplicación presupuestaria por un importe de 198.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades privadas sin ánimo de lucro que estén incluidas en la Resolución del 18 de mayo de 2022, del Director General de Innovación y Formación Profesional para impartir los programas de cualifcación inicial, en la modalidad de talleres profesionales, y que no estén acogidas a régimen de conciertos educativos ni impartan enseñanzas de formación profesional.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Costes del personal docente.

b) Gastos de medios y materiales didácticos.

c) Gastos de seguros de accidentes y responsabilidad civil del alumnado.

d) Costes indirectos: bienes y servicios no vinculados de manera inequívoca al resultado del programa, pero asociados al desarrollo del mismo.

Únicamente se fnanciarán los costes de este régimen de subvenciones que cumplan los criterios generales de subvencionabilidad establecidos en la Ley General de Subvenciones, en la Ley de Subvenciones de Aragón, y aquellos que sean determinados por el Ministerio competente en la materia para cada marco fnanciero plurianual de la Unión Europea.

Documentos asociados

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