Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas aatender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de personas andaluzas residentes en el extranjero, para 2025.
Código de ayuda:
S13037/25Norma:
Orden de 8 de mayo de 2025.Plazo de Solicitud:
Hasta el 16 de junio de 2025.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 40.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Mejorar la calidad de vida de las personas andaluzas en situación de extrema necesidad, residentes en países extranjeros. Dichas personas han de ostentar o estar en disposición de obtener la nacionalidad española y la condición política de andaluz o andaluza, conforme a lo establecido en el artículo 5 del Estatuto de Autonomía para Andalucía.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
CONSEJERÍA DE TURISMO Y ANDALUCÍA EXTERIOR (Andalucía)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima subvencionada será de 40.000 euros por solicitud.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias las entidades sin ánimo de lucro que desarrollen actividades fuera del territorio español, en las que concurran los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 12 del Reglamento de los procedimientos de concesión de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Aquellos gastos que no se encuentren cubiertos por el sistema sanitario público o por el sistema deservicios sociales del territorio donde se produzca la situación de extrema necesidad, o por otras
subvenciones y ayudas públicas o privadas de análoga naturaleza que sean necesarios para mejorar la
calidad de vida de las personas andaluzas en situación de extrema necesidad.
Requisitos:
1. Encontrarse legalmente constituidas y cumplir con los requisitos de inscripción establecidos, en su caso, en el registro público correspondiente a la entidad y exigibles en el lugar donde ejercite su actividad. La entidad deberá regirse por criterios democráticos y de no discriminación.2. Acoger y/o prestar asistencia social, sanitaria o análoga a las personas contempladas en el dispongo segundo de esta orden, que se encuentren en situación de necesidad en el extranjero.
3. Atender necesidades asistenciales y situaciones de extrema necesidad de las personas andaluzas en el exterior que cumplan los siguientes requisitos:
3.a) Residir de forma permanente en el extranjero y poseer o estar en disposición de obtener la Tarjeta de Andaluz/a en el Exterior, conforme a lo establecido en el Decreto 303/2011, de 11 de octubre, por el que se crea y regula la Tarjeta de Andaluz o Andaluza en el Exterior.
3.b) Carecer de bienes e ingresos que permitan hacer frente a necesidades asistenciales o a situaciones de extrema necesidad (menos del 30% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples [IPREM]).
3.c) No encontrarse acogidos, ni pertenecer a organizaciones, comunidades, instituciones que por sus reglas o estatutos estén obligados a prestarles asistencia (no debe entenderse aplicable a la población reclusa o sometida a internamiento).
4. Reflejar en sus estatutos o normas de régimen interno, que entre sus fines se encuentra la realización de actividades relacionadas con el ámbito de la subvención.
5. Disponer de capacidad, solvencia y estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus objetivos, acreditando la experiencia y recursos necesarios para ello, debiendo presentar, al efecto, una memoria de sus actividades en el último año de funcionamiento.
6. Disponer, antes de la convocatoria de la subvención, de experiencia previa en el área de trabajo subvencionable de al menos dos años.
7. Conocer la realidad social del ámbito territorial sobre el que la entidad realiza su actividad, que se reflejará mediante un plan de trabajo de previsión anual.
Documentos asociados
Boletín:
19/05/2025
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 93
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 93
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
Boletín:
19/05/2025
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 93
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
19/05/2025
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 109
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 109
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento