Subvenciones a entidades que trabajan en el campo social para el año 2004.

Código de ayuda:

S04719/04

Norma:

Sesión de 9 de febrero de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 25/03/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La atención de los siguientes sectores de población: personas mayores, infancia, personas con discapacidad, personas con enfermedades crónicas y personas que padecen alguna situación de marginación.

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Menorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Sin especificar.
En ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas de otras administraciones públicas o de entidades privadas, supere el coste de la actividad que ha de desarrollar la entidad beneficiaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones y entidades privadas no lucrativas que se dediquen a la atención y mejora de las condiciones de vida de los siguientes sectores de población: personas mayores, infancia, personas con discapacidad, personas con enfermedades crónicas y personas que padecen alguna situación de marginación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Mantenimiento de centros y servicios no residenciales.
b) Actividades y programas.
c) Equipamiento.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas.
b) Tener un ámbito de actuación insular y/o autonómico, según su título
constitutivo.
c) No ser lucrativas.
d) Disponer de la estructura y capacidad suficientes para garantizar el
cumplimiento de la actividad para la que se solicita la subvención.
e) Haber presentado la justificación de los gastos correspondientes a las subvenciones recibidas anteriormente del Consell Insular de Menorca. En el caso de no haber justificado la aportación recibida del CIM durante el año 2003, no se podrá firmar ningún otro convenio de ayuda económica con la entidad solicitante para el año 2004.
f) Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y
de la Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 24/02/2004
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 27
Documento: Convocatoria Descargar Documento