Subvenciones a entidades privadas sin fines de lucro para la realización de actuaciones dirigidas a la atención del alumnado con necesidad especifica de apoyo educativo y a la compensación de desigualdades en educación durante el curso escolar.- Convocatoria 2021/2022.

Código de ayuda:

S14264/11

Norma:

Resolución de 1 de marzo de 2011. Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril. Resolución de 18 de abril de 2013. Resolución de 14 de abril de 2014. Resolución de 23 de marzo de 2015. Resolución de 27 de mayo de 2016. Resolución de 3 de septiembre de 2017. Resolución de 12 de septiembre de 2018. Resolución de 23 de julio de 2019. Resolución de 28 de septiembre de 2020.Resolución de 20 de mayo de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta las 14:30 del 16 de junio de 2021.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 20.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Favorecer los siguientes tipos de actuaciones educativas de ámbito estatal o supra autonómico:
Escolarización, seguimiento y control del absentismo escolar.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Educación y Formación Profesional ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Cuantía máxima individual de subvención por entidad: 20.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Entidades privadas sin fines de lucro, para la realización de actuaciones dirigidas a la atención del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo y a la compensación de desigualdades en educación complementarias a las realizadas en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Escolarización, seguimiento y control del absentismo escolar.

b) Accesibilidad al currículo y a los recursos educativos.

c) Promoción del desarrollo integral del alumnado en aspectos tales como la calidad de vida, autodeterminación, estimulación cognitiva, comunicación, habilidades personales y sociales, interdependencia, etc.

d) Apoyo y refuerzo educativo dirigido al desarrollo de las capacidades del alumnado y la adquisición de las competencias básicas del currículo.

e) Inserción lingüística, instrumental o cultural que favorezcan la integración en el sistema educativo del alumnado procedente de otros países y su inserción social.

f) Información, sensibilización, apoyo y asesoramiento a toda la comunidad educativa para el conocimiento, comprensión y atención a las necesidades del alumnado.

g) Elaboración y aportación de materiales específicos a los centros educativos para favorecer la participación del alumnado.

h) Orientación, asesoramiento y formación familiar.

i) Actividades de mediación que promuevan el acercamiento de las familias a los centros y fomenten su participación en las actividades de las comunidades educativas.

j) Refuerzo en el uso de las tecnologías de la información y de la comunicación dirigido al alumnado y a sus familias.

k) Actividades socioeducativas de educación no formal, como campamentos, colonias escolares, deportes u otros, que promuevan la interacción de todo el alumnado, independientemente de sus condiciones y circunstancias.

l) Orientación e inserción laboral.

m) Acciones dirigidas a fomentar los aspectos de enriquecimiento que aportan las diferentes culturas, especialmente los relacionados con el mantenimiento y la difusión de la lengua y la cultura del alumnado procedente de otros países, así como aquéllas que se dirijan a promover experiencias educativas para el desarrollo de la educación intercultural y de los valores propios de la sociedad democrática.

n) Actividades dirigidas al conocimiento y difusión de la declaración universal de los derechos humanos, de los derechos del niño y de la convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, con especial incidencia en la educación para la igualdad y desde la igualdad entre hombres y mujeres.

Requisitos:

Podrán acceder a la condición de beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta Resolución las entidades, radicadas en España, que reúnan los siguientes requisitos:

a) Estar legalmente constituida y, cuando proceda, debidamente inscrita en el correspondiente registro administrativo dentro del plazo de presentación de las solicitudes de subvención (Registro de Asociaciones del Ministerio del Interior, Registro de Fundaciones del Ministerio de Justicia u otros registros estatales).

b) Carecer de fines de lucro y que esta condición figure en los estatutos o documentos de constitución de la misma.

c) Tener un ámbito de actuación estatal o que implique más de una comunidad autónoma.

d) Desarrollar, durante el curso escolar 2021-2022 (en el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2021 y el 31 de agosto de 2022), cualquiera de las actuaciones educativas relacionadas en el apartado primero de esta Resolución en un ámbito estatal o de más de una comunidad autónoma.

e) Haber justificado, en su caso, suficientemente las ayudas económicas recibidas con anterioridad del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

No podrán obtener la condición de beneficiario de la subvención las entidades en las
que concurran alguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 12/05/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 113
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 17/03/2011
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 65
Documento: Convocatoria 2011/2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 31/05/2013
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 129
Documento: Convocatoria 2013/2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 16/05/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 119
Documento: Convocatoria 2014/2015 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 30/04/2015
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Boletín: 27/05/2016
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Boletín: 09/06/2016
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 139
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