Subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro que realicen actividades de interés sociosanitario.- Convocatoria 2022.

Código de ayuda:

S29246/22

Norma:

Orden SAL/19/2022, de 5 de mayo. Resolución 18/2022, de 27 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 1 de julio de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el año 2022 las ayudas previstas en la Orden SAL/19/2022, de 5 de mayo, que regulan las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades sin ánimo de lucro que realicen actividades sociosanitarias, para incentivar el desarrollo de dichas actividades.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Salud (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se aprueba el gasto de trescientos setenta y dos mil euros (372.000,00 euros) correspondiente a la convocatoria de 2022, con cargo a la partida presupuestaria 06.01.3141.480.00 de dicho ejercicio.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Entidades privadas sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 2 de la Orden de bases reguladoras.

Requisitos:

Estar constituidas como asociaciones, fundaciones e instituciones sin ánimo de lucro cuyos fines estatutarios principales sean la realización de actividades vinculadas a las necesidades señaladas en el apartado "Objeto" anterior.

Estar legalmente constituidas, por lo menos con un año de antelación a la fecha de publicación de la convocatoria correspondiente. Asimismo, deberán estar inscritas en el Registro administrativo correspondiente. A estos efectos, las entidades que, cumpliendo el requisitode antigüedad indicado, hubiesen solicitado la inscripción en el mencionado Registro con anterioridad a la publicación de la Resolución de convocatoria, podrán acogerse a la misma, si bien la concesión quedará, en su caso, condicionada a la inscripción registral.

Desarrollar las actividades subvencionadas dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Tener un horario mínimo, de atención a usuarios de 20 horas semanales en cómputo anual.

Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja o sus organismos autónomos, en la fecha en la que se realice la propuesta de Resolución de concesión. Se entenderá que existen cantidades pendientes de devolución desde el momento en que adquiera firmeza la resolución de reintegro.

Documentos asociados

Boletín: 10/05/2022
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 88
Documento: Bases Reguladoras 2022 Descargar Documento
Boletín: 31/05/2022
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 103
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 31/05/2022
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 103
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento