Subvenciones a entidades privadas para la realización de programas de acción social, en materia de solidaridad y garantía alimentaria.- Convocatoria 2021.

Código de ayuda:

S21564/21

Norma:

Orden de 5 de mayo de 2021. Orden de 25 de abril de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 26 de mayo 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la línea convocada es el desarrollo de programas conforme a la modalidad 3. Actuaciones que se desarrollen para la preparación y reparto de alimentos a personas menores de edad, preferentemente en zonas desfavorecidas, durante el período de vacaciones fuera del calendario escolar. Junto con las actuaciones mencionadas, los programas deberán contemplar necesariamente acciones complementarias de carácter socio educativo relacionadas con el apoyo de los contenidos curriculares de ocio y tiempo libre, de educación en valores, actividades que desarrollen la imaginación y la creatividad o de educación para la salud.

Categorías Subvención

  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se destinará una cuantía máxima de 2.500.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las las entidades privadas sin ánimo de lucro, cuyo objeto o fin social sea el desarrollo de programas que se desarrollen en el marco de la Solidaridad y Garantía Alimentaria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Sólo podrán financiarse en la presente convocatoria las actuaciones subvencionables siguientes, de acuerdo con el apartado 2.a) del Cuadro Resumen de cada una de ellas.

Línea 11. Subvenciones a entidades privadas para la realización de programas de acción social en materia de Solidaridad y garantía alimentaria.

F. Programas que se desarrollen en el marco de la Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía, conforme a la siguiente modalidad 3: Actuaciones que se desarrollen para la preparación y reparto de alimentos a personas menores de edad, preferentemente en zonas desfavorecidas, durante el período de vacaciones fuera del calendario escolar. Junto con las actuaciones mencionadas, los programas deberán contemplar necesariamente acciones complementarias de carácter socioeducativo relacionadas con el apoyo de los contenidos curriculares de ocio y tiempo libre, de educación en valores, actividades que
desarrollen la imaginación y la creatividad o de educación para la salud.

Requisitos:

Las subvenciones tendrán por objeto la financiación de actuaciones que se describen en el apartado 2.a) del cuadro resumen de las bases reguladoras, de acuerdo con las actuaciones subvencionables establecidas.

Los requisitos que deben reunir las personas solicitantes para la obtención de la subvención serán los recogidos en apartado 4 del cuadro resumen de las bases reguladoras.

Las solicitudes serán evaluadas según los criterios objetivos recogidos en el apartado 12 del cuadro resumen de las bases reguladoras.

De conformidad con lo previsto en el apartado 2.b) del cuadro resumen de las bases reguladoras, está prevista la posibilidad de reformulación de las solicitudes.

Los órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento serán los recogidos en apartado 13 del cuadro resumen de las bases reguladoras. El plazo máximo para resolver y notificar será de tres meses a partir del día siguiente al de finalización para la presentación de solicitudes, de acuerdo con el apartado 16 del cuadro resumen de las bases reguladoras.

La resolución pondrá fin al procedimiento y agotará la vía administrativa, pudiendo interponerse contra ella recurso contencioso-administrativo, en la forma y los plazos establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Documentos asociados

Boletín: 30/04/2018
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 82
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 12/05/2021
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 89
Documento: Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 12/05/2021
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 89
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento