Subvenciones a entidades operadoras de agencias de viaje para la promocion y comercializacion del destino Galicia, y se procede a su convocatoria para el año 2010.

Código de ayuda:

S34355/10

Norma:

Orden de 12 de mayo de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/06/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promoción y comercialización del destino Galicia a través del diseño de paquetes turísticos especializados que creen nuevos productos y/o resalten los principales productos que configuran la oferta turística de Galicia, así como procesos de certificación de las agencias de viaje según las normas del Instituto de la Calidad Turística Española (ICTE) u otras de reconocido prestigio de ámbito internacional.

Categorías Subvención

  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Cultura y Turismo (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

*Los proyectos señalados en el apartado 1.4.a) podrán conseguir un máximo de ayuda de hasta el 80% del presupuesto subvencionable. El presupuesto subvencionable será de un máximo de 30.000 €.

*Los proyectos señalados en el apartado 1.4.b) podrán conseguir un máximo de ayuda de hasta el 40% del presupuesto subvencionable. El presupuesto subvencionable será de un máximo de 50.000 €.

*Los proyectos señalados en el apartado 1.4.c) podrán conseguir un máximo de ayuda de hasta el 30% del presupuesto subvencionable. El presupuesto subvencionable será de un máximo de 25.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los titulares de empresas que, de manera exclusiva, se dediquen comercial y profesionalmente al ejercicio
de las actividades propias de asesoramiento, organización y/o mediación de servicios turísticos, tal y como se recoge en el Decreto 42/2001, de 1 de febrero, de refundición en materia de agencias de viaje, guías de turismo y turismo activo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A) Línea de creación y comercialización de nuevos productos turísticos:

-Los gastos de creación del producto, en una cuantía máxima del 15% del importe solicitado.

-Los gastos de diseño y maquetación de folletos, catálogos, originales de publicidad o cualquier otro
material promocional.

-Herramientas o aplicaciones web para la promoción o venta en línea de los productos en sitios web
propios o de terceros, publicidad y posicionamiento en línea específicos de los productos desarrollados.

-Los gastos de distribución del material de promoción impreso.

-Las inserciones publicitarias en medios de comunicación o cualquier otro soporte. La valoración máxima de las inserciones en medios será la de la tarifa oficial del medio.

-Los gastos de organización de eventos promocionales y comerciales tales como presentaciones y viajes de familiarización. En concreto se considerará elegible el gasto de viajes de agentes, alojamiento, restauración, alquiler de salas y espacios para presentaciones y todos aquellos que se entienda que tienen
relación directa con los actos. Quedan excluidos los gastos de retribución de personal propio -para estas
acciones comerciales.

B) Línea de promoción y comercialización de productos ya existentes y tradicionales:

-Los gastos de diseño y maquetación de folletos, catálogos, originales de publicidad o cualquier otro
material promocional.

-La actualización y nueva estética de materiales promocionales ya editados anteriormente.

-Herramientas o aplicaciones web para la promoción o venta en línea de los productos en sitios web propios o de terceros, publicidad y posicionamiento en línea específicos de los productos desarrollados.

C) Línea de mejora de la calidad turística:

-La renovación de la certificación de los establecimientos que ya la poseen.

-La obtención de la certificación de los establecimientos.

-Los informes y diagnósticos emitidos por entidades acreditadas que tengan como finalidad la evaluación
de la agencia de viaje para la obtención del distintivo Q de calidad.

-Los costes de auditorías realizadas por entidades acreditadas para conseguir la certificación o la renovación de la misma.

Requisitos:

Que la empresa solicitante tenga inscrita en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Xunta de Galicia la actividad turística para la cual se solicita la ayuda.

Documentos asociados

Boletín: 21/05/2010
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 95
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 02/06/2010
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 103
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento