Subvenciones a entidades locales para programas de emergencia social e inclusión social de la población gitana, inmigrante y otras personas en riesgo de exclusión, para los años 2023 a 2025, cofinanciada por la Unión Europea en el marco del Programa FSE+ Galicia 2021-2027.- Convocatoria 2023.

Código de ayuda:

S35755/23

Norma:

ORDEN de 6 de septiembre de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 18 de octubre de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la convocatoria consistirá en la concesión de subvenciones a las entidades locales, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al desarrollo de programas por los servicios sociales de titularidad municipal durante los ejercicios 2023, 2024 y 2025, que tengan por finalidad la inclusión sociolaboral de colectivos de elevada vulnerabilidad a la exclusión social y laboral.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Política Social y Juventud (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El crédito total destinado a las actuaciones asciende a la cantidad de siete millones seiscientos catorce mil ciento ochenta euros (7.614.180,00 €), distribuido para los años 2023, 2024 y 2025.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las mancomunidades de ayuntamientos y agrupaciones de ayuntamientos bajo cualquier fórmula, incluida la de fusión municipal.

Las entidades locales de ámbito municipal gallegas que deseen implantar o desarrollar programas por los servicios sociales de titularidad municipal durante los ejercicios 2023, 2024 y 2025. Que comprendan programas dirigidos a la inclusión sociolaboral de colectivos vulnerables.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

.- Programas dirigidos a la inclusión social de la población gitana.

.- Programas dirigidos a la inclusión social de la población inmigrante.

.- Programas dirigidos a personas en situación o riesgo de exclusión social.

.- Programas complementarios de educación y apoyo familiar dirigidos a familias en situación o riesgo de exclusión social.

.- Programas dirigidos a personas sin hogar.

Requisitos:

a) Estar inscritas en el Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales regulado por el Decreto 254/2011, de 23 de diciembre, por el que se regula el régimen de registro, autorización, acreditación e inspección de los servicios sociales en Galicia.

b) Aquellas entidades locales solicitantes de subvenciones para un programa en favor de la población inmigrante deberán acreditar un porcentaje mínimo de población inmigrante empadronada, según las siguientes reglas:

1º. Para los ayuntamientos: superar el 2,5 % de población inmigrante y un mínimo de 150 personas inmigrantes empadronadas en el ayuntamiento. En caso de no cumplir el porcentaje anterior, deberán tener por lo menos 1.000 personas extranjeras empadronadas en el municipio.

2º. Para los consorcios locales, mancomunidades y agrupaciones de ayuntamientos: superar el 2,5 % de población inmigrante el 50 % de los ayuntamientos que integran la entidad supralocal y tener una media de 200 personas inmigrantes empadronadas.

Dicho cálculo de la población inmigrante se hará teniendo en cuenta la población total y la población inmigrante empadronada en el año anterior al de la correspondiente resolución de esta convocatoria.

c) Las entidades locales solicitantes de la subvención para un programa de la tipología recogida en el artículo 4.1.c) dirigido a personas en situación o riesgo de exclusión social no podrán disponer, para su término municipal, de otros dispositivos de naturaleza pública distintos de los propios dirigidos al desarrollo de un programa cuyo contenido sea la prestación del servicio de apoyo a la inclusión sociolaboral.

.- Las entidades solicitantes deberán mantener los requisitos exigidos durante todo el ejercicio económico para el cual se concede la subvención, excepto el porcentaje de población sobre la población total empadronada.

Documentos asociados

Boletín: 18/09/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 177
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 18/09/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 177
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento