Subvenciones a entidades locales para la implantación de la Estrategia de Accesibilidad Universal a través de Planes Integrales de Accesibilidad Universal y para la ejecución de actuaciones en ellos previstas.

Código de ayuda:

S40046/23

Norma:

ORDEN de 14 de noviembre de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de diciembre de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Orden regular y convocar, con carácter excepcional, la concesión de subvenciones a entidades locales en el ámbito de la CAPV, para la elaboración de Planes Integrales para la Promoción de la Accesibilidad Universal (en adelante PIAU) en su ámbito de actuación correspondiente, o la actualización de los planes de accesibilidad existentes, así como para la ejecución de actuaciones previstas en los mismos.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

– Línea 1: 10.000 euros.

– Línea 2: 50.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Serán beneficiarias de estas ayudas los ayuntamientos, mancomunidades, entidades de ámbito territorial inferior al municipio y cuadrillas de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que pretendan desarrollar y llevar a cabo alguna de las actuaciones previstas en el artículo anterior.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Línea 1.– Elaboración y redacción de Planes Integrales de accesibilidad universal, PIAU. El ámbito de estudio e intervención de los PIAU incluirá el entorno físico, los servicios públicos y los canales de información y comunicación, existentes y/o previstos, en las distintas áreas, departamentos u otras entidades dependientes de quién sea el promotor del plan. El contenido mínimo de los PIAU objeto de subvención, incluirá una propuesta estratégica, un apartado de análisis y diagnóstico de la situación de partida, un plan de actuación, un plan de gestión y un plan de comunicación, según el modelo que se aporta en el Anejo I de esta Orden. Podrán plantearse actualizaciones de planes de accesibilidad ya existentes, siempre y cuando no hubieran transcurrido más de cuatro años desde la fecha de aprobación del plan vigente y esa actualización suponga completar su contenido hasta ajustarse al señalado para los PIAUs, y además se deberá incorporar una evaluación de los resultados obtenidos en el marco del plan objeto de actualización.

b) Línea 2.– Ejecución de actuaciones en materia de accesibilidad previstas en los PIAU.

– Se considerarán subvencionables las propuestas de actuación en el entorno físico para su adaptación a las necesidades de accesibilidad física, sensorial y cognitiva, cuando se encuadren en alguno de los siguientes grupos.

– Diseño de itinerarios accesibles mediante la instalación de ascensores o plataformas elevadoras verticales, servicios higiénicos y vestuarios adaptados, tanto en el entorno urbano como en el interior de las edificaciones.

– Mejora de la señalización de entornos urbanos y edificaciones para hacerla comprensible para todas las personas mediante el empleo de recursos de orientación y movilidad way finding, la incorporación de símbolos o pictogramas universales, o la incorporación de sistemas o tecnologías que mejoren la información y orientación como instalación de bucles magnéticos o sistemas de alertas o avisos accesibles.

Documentos asociados

Boletín: 20/11/2023
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 221
Documento: Bases Reguladoras 2023, y Anexos Descargar Documento