Subvenciones a entidades locales para el desarrollo de programas y mantenimiento de plazas en centros de atención a personas mayores en Castilla-La Mancha y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2015.

Código de ayuda:

S28382/15

Norma:

Orden de 01/06/2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/06/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y efectuar la convocatoria para el año 2015 de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a Entidades locales, para el desarrollo de programas y el mantenimiento de plazas en centros de atención a personas mayores en Castilla-La Mancha.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales (Castilla-La Mancha)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Entidades Locales.

Requisitos:

a) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en los artículos 18 y 19 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

b) Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el desarrollo de las actividades subvencionadas.

c) Encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

d) No encontrarse la persona que desempeñe la representación legal de la Entidad local en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

e) No encontrarse incursas en ninguna de las prohibiciones del artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

f) Disponer de la correspondiente autorización para el centro respecto del que se solicita la subvención y, en su caso, que la entidad gestora tenga disponibilidad de uso hasta el 31 de diciembre de 2015.

g) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionada, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave, en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

h) Haber justificado, en su caso, las subvenciones concedidas por esta Consejería para fines análogos.

Documentos asociados

Boletín: 05/06/2015
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 109
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento