Subvenciones a entidades locales para el desarrollo de programas de jubiloteca para el 2025
Código de ayuda:
S22337/25Norma:
ORDEN FORAL 693E/2025, de 12 de junio.Plazo de Solicitud:
Hasta el 16 de agosto de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de subvenciones a entidades locales, destinadas al desarrollo de programas de jubiloteca, para la promoción de la autonomía y prevención de la dependencia de las personas mayores, que se desarrollen entre el 1 de enero y el 31 de octubre del 2025 en la Comunidad Foral de Navarra.Categorías Subvención
Recursos Humanos
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Derechos Sociales, Economía Social y Empleo (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima de la subvención será del 50% del gasto del personal contratado de atención directa a las personas mayores o personas dependientes, de enero a octubre de 2025, siempre que la consignación presupuestaria existente lo haga posible, llevando a cabo el proyecto presentado. Dicho personal tendrá, tomo mínimo, formación reglada social y/o sanitaria o la excepción contemplada en la base tercera.El importe máximo de subvención, que podrá obtener cualquiera de las entidades que opten a esta subvención, nunca será superior a 20.000,00 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades locales y las mancomunidades de servicios sociales de la Comunidad Foral de Navarra que presenten la ejecución de programas de jubiloteca, que pretendan la promoción de la autonomía y prevención de la dependencia para las personas mayores que se realicen durante el año 2025. Las entidades no podrán presentar más de un programa de jubiloteca. Las entidades que hayan presentado un programa de forma mancomunada con otras entidades locales no podrán presentar otro de forma individual.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los gastos subvencionables para la realización de los programas de jubiloteca, serán el 50% de los gastos del personal contratado por la entidad beneficiaria de enero a octubre de 2025, que desarrolla su trabajo de manera directa con las personas mayores y cuyo perfil tendrá como mínimo formación reglada social y/o sanitaria, salvo la excepción que se recoge en la base tercera. Los gastos de personal de atención directa máximos a subvencionar para las jubilotecas, para cada entidad local, serán de 20.000,00 euros.Requisitos:
a) Las jubilotecas desarrollarán sus programas con una duración de, al menos, ocho meses durante 2025.b) El programa se llevará a cabo con una jornada mínima de tres horas diarias, durante al menos 3 días a la semana o con una jornada mínima de 2 horas diarias, durante al menos 4 días a la semana. Excepcionalmente, en aquellas Mancomunidades, donde el servicio de jubiloteca se preste físicamente en más de una población, el computo de horas semanales de servicio, entre todas las poblaciones que configuren la mancomunidad, será de un mínimo de 8 horas. Para ello, deberá ser necesario aportar la planificación de la distribución horaria por poblaciones.
c) El programa de jubiloteca trabajará todas estas áreas:
- Actividad física y capacitación funcional
- Cognitiva
- Emocional-afectiva y social
Documentos asociados
Boletín:
17/07/2025
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 143
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 143
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 Descargar Documento