Subvenciones a entidades locales para actuaciones de mejora de las infraestructuras turísticas.- Convocatoria para el año 2018.

Código de ayuda:

S03546/18

Norma:

RESOLUCIÓN de 4 de enero de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 19 de febrero de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomento de la accesibilidad y señalización de los recursos turísticos en el medio rural hacia la consolidación de la oferta turística en las zonas rurales a través de la puesta en valor de su riqueza histórica, cultural, patrimonial y paisajística.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Turismo de Galicia (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Cuantía de 2.500.000 €

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las entidades locales que desarrollen actuaciones de mejora de las infraestructuras turísticas, que se relacionan:

a) Ayuntamientos.

b) Mancomunidades y consorcios locales de Galicia constituidos de acuerdo con la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia. Estas entidades supramunicipales deberán tener atribuidas competencias en materia de turismo.

c) Agrupaciones de municipios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

No podrán participar en esta convocatoria las sietes grandes ciudades gallegas: A Coruña, Lugo, Ourense, Pontevedra, Vigo, Ferrol y Santiago de Compostela, y las entidades locales de carácter supramunicipal en las que estén integradas.

No se admitirán las solicitudes presentadas por consorcios locales de los cuales forme parte la Xunta de Galicia y financie, en todo o en parte, sus gastos de funcionamiento.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Son subvencionables:

a) Actuaciones de embellecimiento de los accesos a los recursos turísticos de la entidad solicitante, que podrán incluir:

– Recuperación y tratamiento paisajístico del entorno de los recursos turísticos.

– Iluminación ornamental de los recursos turísticos, ya sexa primera instalación o mejora, ampliación o sustitución de la existente. No será subvencionable la iluminación urbana de la entidad local.

– Recuperación de miradores paisajísticos, senderos, rutas.

– Adecuación de espacios destinados al estacionamento de vehículos de los visitantes, en los que a su finalidad sea reducir el impacto negativo que estos producen.

b) Actuaciones de embellecimiento de los bienes declarados de interés cultural o con un procedimiento de declaración ya iniciado, así como las que afecten a su entorno de protección que podrán consistir en:

– Embellecimiento de vías.

– Enterramiento de contenedores de residuos.

– Eliminación de cableado aéreo y antenas de comunicaciones.

c) Actuaciones de puesta en valor turístico de los recursos que podrán incluir las siguientes:

– Rehabilitación o restauración para su dedicación a usos turísticos distintos del alojamiento de personas.

– Recuperación de elementos de interés etnográfico o de la arquitectura tradicional.

d) Actuaciones de mejora de la accesibilidad de los recursos turísticos:

– Eliminación de barreras arquitectónicas en el acceso a los bienes, recursos e rutas turísticas.

– Facilitar el acceso de las personas con algún tipo de discapacidad sensorial a la información turística de los recursos, mediante la adaptación de las páginas web, señalización en lenguaje braille o cualquier otra de análoga naturaleza.

e) Señalización de los recursos turísticos.

Documentos asociados

Boletín: 19/01/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 14
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 19/01/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 14
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 26/01/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 19
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento