Subvenciones a entidades locales, fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro para programas de salud durante los meses de enero a noviembre del año 2020.

Código de ayuda:

S12691/20

Norma:

RESOLUCIÓN 202/2020, de 3 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de abril de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria tiene por objeto establecer el régimen de concesión de subvenciones a entidades locales, fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro para la constitución de grupos de autoayuda y para el desarrollo de programas y actividades de prevención, promoción y mantenimiento de la salud y el envejecimiento activo y saludable que se desarrollen desde el 1 de enero al 30 de noviembre del año 2020.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Salud (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

–“Subvenciones para asociaciones de pacientes y familiares”: proyectos de asociaciones de personas afectadas por problemas de salud o sus familiares, dirigidos a la mejora de los problemas de salud, excluido VIH-SIDA, o sus consecuencias con especial atención a los programas de formación y/o de autoayuda contemplados en el “Plan de Salud 2014-2020” y en la “Estrategia Navarra de Atención a Pacientes Crónicos y pluripatológicos”.

–“Subvenciones para programas comunitarios en relación con la infección por VIH-SIDA”: subvenciones destinadas a programas comunitarios en relación con la infección por VIH-SIDA con especial atención a las acciones de prevención específica, realizados por asociaciones o fundaciones.

–‟Subvenciones para programas comunitarios de prevención y promoción de la salud”: subvenciones a programas de prevención y promoción de salud grupal y comunitaria, realizados por asociaciones, fundaciones o entidades locales en colaboración con los servicios y recursos de su zona, excluidos los relacionados con envejecimiento activo y saludable, prevención de adicciones y VIH-SIDA, que se atenderán con cargo a sus líneas específicas.

–“Subvenciones para planes municipales de prevención de adicciones”: programas destinados a la prevención comunitaria de las consecuencias derivadas de las adicciones con y sin sustancia, que estén realizados por municipios y/o mancomunidades.

–“Subvenciones a entidades para prevención de adicciones en el ámbito comunitario”: programas destinados a la prevención comunitaria de las consecuencias derivadas de las adicciones con y sin sustancia, que
estén realizados por organizaciones no gubernamentales y similares.

–“Programas comunitarios de promoción de envejecimiento activo y saludable”: para el desarrollo de programas comunitarios de envejecimiento activo y saludable realizados por asociaciones, fundaciones o entidades locales.

–“Subvenciones para promoción y educación afectivo-sexual comunitaria”: para el desarrollo de programas comunitarios de promoción de la salud sexual y reproductiva realizados por asociaciones, fundaciones o entidades locales.

–“Subvenciones a programas de promoción de la salud de la comunidad gitana”: subvenciones destinadas a programas de mediación y educación para la salud de la minoría étnica gitana realizados por asociaciones,
fundaciones o entidades locales.

Requisitos:

Podrán acogerse a las subvenciones que establece esta convocatoria las entidades locales y aquellas fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro que figuren inscritas en los registros de asociaciones de la Comunidad Foral de Navarra y que constituyan grupos de autoayuda o desarrollen, durante el periodo de la convocatoria, acciones o programas de prevención, promoción y mantenimiento de la salud y de envejecimiento activo y saludable que sean concordantes con las prioridades determinadas por el Departamento de Salud.

Las subvenciones para asociaciones de pacientes y familiares se destinarán únicamente a asociaciones que se dediquen a la atención de pacientes y sus familias en la Comunidad Foral de Navarra.

En aquellas solicitudes que no correspondan a entidades públicas, las entidades solicitantes deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus organismos autónomos, en la fecha en la que se realice la propuesta de Resolución de concesión.

Las entidades solicitantes no podrán estar incursas en el resto de circunstancias que excluyen la posibilidad de beneficiarse de subvenciones, establecidas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral de Subvenciones.

Todos los requisitos deberán mantenerse durante todo el periodo de ejecución de la actividad subvencionada.

Documentos asociados

Boletín: 26/03/2020
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 65
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento