Subvenciones a entidades locales, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a proyectos de divulgación y transmisión intergeneracional de los Bienes de Interés Cultural de Carácter Inmaterial de Cantabria entre la población joven de la comunidad autónoma

Código de ayuda:

S18300/25

Norma:

Orden ISO/13/2025, de 17 de junio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 22 julio de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a proyectos de divulgación y transmisión intergeneracional de los Bienes Culturales de carácter Inmaterial de Cantabria llevados a cabo por las entidades locales entre la población joven de la comunidad.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Conserjería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.. (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

— La cuantía máxima a recibir por cada entidad beneficiaria será como máximo del 75 % del coste total del proyecto, con el límite máximo establecido en cada convocatoria.

— En todo caso, la cuantía a conceder estará limitada por la subvención solicitada por la entidad beneficiaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

a) Municipios y Entidades Locales Menores de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

b) Mancomunidades legalmente constituidas, integradas exclusivamente por municipios pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Cantabria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran proyectos subvencionables y podrán ser objeto de subvención aquellos vinculados a Bienes de Interés Cultural de carácter inmaterial declarados como tales por el Gobierno de Cantabria al amparo de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria.

Requisitos:

La solicitud asimismo incluirá declaración responsable de:

a) Ser ciertos cuantos datos fguran en la solicitud y, en su caso, la documentación adjunta.

b) Conocer, aceptar y comprometerse al cumplimiento de las bases reguladoras y la convocatoria de la ayuda.

c) No incurrir en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición para obtener subvenciones de las establecidas en el art. 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

d) De estar al corriente con sus obligaciones con la Hacienda Pública, Estatal y Autonómica, y con la Tesorería General de la Seguridad Social.

e) De la veracidad de los datos consignados en la solicitud de que es titular de la cuenta bancaria en la que se solicita el abono de la subvención.

f) Otras declaraciones responsables que se recojan en la convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 24/06/2025
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 120
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 y Anexos Descargar Documento