Subvenciones a entidades locales de la Region de Murcia que desarrollen programas de prevencion de drogodependencias para el año 2009.

Código de ayuda:

S23091/09

Norma:

Orden de 2 de marzo de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 24/04/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar subvenciones y establecer las bases por las que han de regirse las solicitudes y concesión de las mismas, para Entidades Locales de la Región de Murcia que contribuyan al desarrollo del Área de Prevención de Drogodependencias del Plan Regional sobre Drogas 2007-2010 de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

La finalidad de tales actividades será el desarrollo de programas de prevención de drogodependencias en los Ámbitos Comunitario, Escolar, Familiar y Laboral del Plan Regional sobre Drogas 2007-2010, siguiendo las directrices descritas en el Artículo 5 de esta Orden.

Dichas subvenciones se concederán con cargo a las previsiones que se establecen a tal fin en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Murcia para el ejercicio de 2009 en la partida presupuestaria 18.04.00.411B.462.00, proyecto 35897, de la Consejería de Sanidad y Consumo por importe de sesenta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta euros (64.450 €).

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Sanidad y Consumo (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

a) Podrán ser beneficiarios de las subvenciones aquellas Entidades Locales de la Región de Murcia (Ayuntamientos y/o Mancomunidades de Municipios) que desarrollen programas o actuaciones de prevención de drogodependencias municipales o mancomunales, afines al objeto de esta subvención.

b) Queda excluido todo Ayuntamiento que, estando mancomunado y habiendo solicitado su Mancomunidad esta Subvención, concurra a esta Orden de Subvención fuera de su Mancomunidad.

c) Asimismo, quedan excluidas aquellas Entidades Locales que perciban subvención a través de la celebración de un Convenio con la Consejería de Sanidad y Consumo cuyo fin sea la prevención de drogodependencias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Consultar Artículo 5º.

Requisitos:

a) Cumplir los requisitos exigidos en el artículo 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, justificándose no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario mediante declaración responsable otorgada ante el órgano concedente, y conforme al artículo 26 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

b) Que se encuentran al corriente en sus Obligaciones Tributarias con la Seguridad Social en los términos recogidos en el artículo 19 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

c) Que se encuentran al corriente en sus Obligaciones Tributarias con el Estado en los términos recogidos en el artículo 18.1 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

d) Que se encuentran al corriente en sus Obligaciones Tributarias con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en los términos establecidos en el artículo 2 de la Orden de 1 de abril de 2008, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública por la que se regula el procedimiento para la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Documentos asociados

Boletín: 25/03/2009
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 69
Documento: Bases, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento