Subvenciones a entidades del área de Tercera Edad y Voluntariado Social.

Código de ayuda:

S28719/04

Norma:

Orden Foral 187/2004, de 24 de diciembre de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/01/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer el régimen de concesión de subvenciones mediante las cuales se cofinanciarán acciones dirigidas a satisfacer de forma directa las necesidades de las entidades y asociaciones de Tercera Edad y Voluntariado sin ánimo de lucro para el año 2005.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las asociaciones y entidades que trabajan a favor de las personas mayores, así como en la promoción de actividades de voluntariado en el ámbito de los Servicios Sociales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El Instituto Navarro de Bienestar Social subvencionará tres modalidades de proyectos:
a) Actividades en tercera edad.
b) Entidades o asociaciones que trabajan con programas de tercera edad y/o voluntariado.
c) Equipamientos menores y mantenimiento básico:
Se contemplan como subvencionables los conceptos que se consideran como actuaciones básicas para mantener un buen nivel de los servicios e instalaciones de las entidades, tales como:
−Instalación de calefacción.
−Pintura.
−Puertas y Ventanas.
−Mobiliario básico: sillas y mesas.
−Material informático.
−Material Actividades.
−Ayudas Técnicas que permitan la asistencia de los usuarios con movilidad reducida a las actividades de los clubes.
−Adaptación de los clubes eliminando barreras arquitectónicas en sus accesos.
−Ayudas Técnicas a la movilidad para el ejercicio de las actividades de voluntariado del club.

Las subvenciones de las modalidades a) y b) son incompatibles entre sí, pero la modalidad c) es compatible con cualquiera de las dos anteriores.

Las subvenciones financiarán gastos de actividad, material fungible, equipamientos menores y/o personal con relación al programa y/o actividades presentadas.
Podrán financiar igualmente gastos generales de funcionamiento, a criterio de la Comisión Técnica, siempre que el gasto correspondiente a este concepto sea cofinanciado por otras entidades.

Requisitos:

1. Ser persona jurídica, legalmente constituida e inscrita en los registros correspondientes:
a) Registro de Asociaciones del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior del Gobierno de Navarra.
b) Registro de Entidades, Servicios y Centros de la Dirección General de Bienestar Social, Deporte y Juventud del Gobierno de Navarra.
2. Carecer de fines de lucro.
3. Tener como fines institucionales expresos, según sus propios estatutos, la realización de actividades relacionadas y dirigidas a personas mayores, así como a la promoción de actividades de voluntariado en el ámbito de los Servicios Sociales.
4. Tener su domicilio social en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra, de cuya constancia se deberá dar crédito en la inscripción registral correspondiente a que se refiere el apartado 1. a) de esta base.
5. Poseer estructura, medios materiales y personales suficientes para garantizar el cumplimiento de sus fines y poder acreditar la experiencia y la capacidad operativa que resulte necesaria para el logro de los objetivos propuestos.
6. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias ante la Hacienda Foral de Navarra.
7. En el caso de haber recibido subvenciones con anterioridad para cualquiera de las modalidades de la presente convocatoria, deberán justificar que están al corriente en el cumplimiento de las obligaciones contenidas en las resoluciones de concesión de las subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 31/12/2004
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 157
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento