Subvenciones a entidades del Tercer Sector para la implementación de actividades de capacitación en competencias digitales a infancia, adolescencia y juventud vulnerable, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Código de ayuda:

S40737/23

Norma:

Real Decreto 1086/2023, de 12 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 2 de enero de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El presente real decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones a las entidades del Tercer Sector detalladas en el artículo 6 para la realización de proyectos de actividades extraescolares de formación a infancia, adolescencia y juventud vulnerable, en el marco del programa «Competencias Digitales para la Infancia» (CODI), encuadrado en el Componente 19 «Plan Nacional de Competencias Digitales», del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Estas subvenciones contribuirán a la consecución de los objetivos n.º 286 y n.º 288 establecidos en el anexo de la Decisión de Ejecución del Consejo por la que se modifica la Decisión de Ejecución del Consejo (UE), de 13 de julio de 2021, relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Educación y Ciencia
  • Juventud
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

MINISTERIO DE JUVENTUD E INFANCIA ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades del Tercer Sector beneficiarias de las subvenciones son las detalladas a continuación. Cada subvención comprende a la entidad beneficiaria principal y, en su caso, a las entidades beneficiarias asociadas a aquella, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y a entidades agrupadas sin personalidad jurídica, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre:

a) Cruz Roja Española. b) Fundación Ciber voluntarios.

c) Fundación Secretariado Gitano.

d) Cáritas Española.

e) Fundación Plan International España.

f) YMCA.

g) Fundación CEPAIM Acción Integral con Migrantes.

h) Fundació Jaume Bofill; COLECTIC SCCL, Asociación de Industrias de Conocimiento y Tecnología –GAIA– Euskal Herriko Ezagutza eta Teknologia Industrien Elkartea; y Asociación Bernat y Loli Iniciatives Educatives, en agrupación según lo previsto en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

i) Fundación Bancaria Caixa d’estalvis i pensions de Barcelona «La Caixa».

j) Federación de Entidades con Proyectos y Pisos Asistidos.

k) Confederación Plena Inclusión España. l) Fundación Esplai Ciudadanía Comprometida y Fundacio Catalana de l’Esplai, en agrupación según lo previsto en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Formación en competencias digitales básicas para niños y niñas de 9 a 13 años.

b) Formación en competencias digitales avanzadas: adolescentes de 14 a 17 años y personas jóvenes de 18 a 25 años de que hayan pasado por el sistema de protección y hasta 30 años en el caso de personas con discapacidad.

Documentos asociados

Boletín: 13/12/2023
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 297
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2023 y Anexos Descargar Documento