Subvenciones a entidades de voluntariado o con programas, en el ámbito deportivo.

Código de ayuda:

S12673/22

Norma:

ORDEN FORAL 12E/2022, de 9 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 4 de abril de 2022.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 8.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer el procedimiento de concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a entidades
de voluntariado y entidades con programas de voluntariado, inscritas en el Censo de Entidades con Acción Voluntaria, para la realización de acciones y actividades en el ámbito del deporte, enmarcadas en un proyecto de voluntariado, cuyas actividades estén comprendidas entre el 1 de noviembre de 2021 y el 31 de octubre de 2022, ambas fechas incluidas.

Las actividades integrantes del correspondiente proyecto de voluntariado podrán ser diversas: lúdico-recreativas, competitivas, formativas, etc., y se priorizarán aquellas actividades donde exista una participación equitativa entre hombres y mujeres.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejera de Cultura y Deporte (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Esta convocatoria contará con una cuantía total de 8.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades de voluntariado y las entidades con programas de voluntariado que organicen o colaboren en la organización actividades físico-deportivas enmarcadas en
un proyecto de voluntariado, durante el periodo comprendido entre el 1 de noviembre de 2021 y el 31 de octubre de 2022 ambas fechas incluidas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables únicamente los gastos que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y, en particular, los siguientes:

a) Indumentarias para el ejercicio del personal voluntario, con la obligación de que las indumentarias lleven una distinción de voluntario/a, debiendo respetarse esta según sea modalidad masculina o femenina.

b) Gastos de desplazamiento del personal de voluntariado exclusivamente para asistir a las actividades físico-deportivas. Para que estos gastos puedan ser considerados subvencionables, deberá justificarse
el número de personal de voluntariado que asiste a la actividad, salida, origen y número de kilómetros realizados. Este concepto se abonará por módulos y la cuantía a subvencionar será, en uso de coches particulares, la resultante de aplicar 0,20 euros/km. cada 4 voluntarios/as por trayecto.

Se subvencionará el desplazamiento siempre y cuando haya un mínimo de 30 kilómetros (contando ida/vuelta). No se computará por este concepto ningún gasto que se realice en la sede del club ni la asistencia a cursos de formación.

c) Manutención del personal voluntario para asistir a las actividades físico-deportivas. Para que estos gastos puedan ser considerados subvencionables, deberá justificarse el número de voluntarios que asisten
a la actividad y presentarse la factura/justificante correspondiente. Se aplicará un valor máximo individual de 12 euros por cada almuerzo o cena. No se computará por este concepto ningún gasto que se realice para reuniones ni cursos de formación en la sede del club ni la asistencia a cursos de formación.

d) Gastos derivados de la difusión del voluntario en la entidad (diseño y mantenimiento de la web para la publicidad del proyecto de voluntariado, trípticos informativos, charlas o stands de difusión del proyecto, material promocional, etc.).

e) Gastos para la organización de cursos de formación dirigida al voluntariado. Se deberá justificar en la memoria deportiva el título del curso, nombre y apellidos del voluntariado asistente y breve resumen o
índice de los contenidos impartidos.

f) Seguros de responsabilidad civil y de accidentes de las personas voluntarias de la entidad.

g) En general cualquier otro gasto que resulte necesario e imprescindible para el desarrollo de las acciones del voluntariado.

Requisitos:

a) Estar inscritas en el Censo de Entidades con Acción Voluntaria de la Comunidad Foral de Navarra.

b) Inscribir las acciones de voluntariado de la entidad en el recurso Navarra+Voluntaria del Plan de acción del voluntariado 2018-2020 (dichas acciones deben estar inscritas antes de la fecha de finalización de entrega de las solicitudes de esta convocatoria). Dicha inscripción se realizará a
través de https://navarramasvoluntaria.navarra.es/es/entorno-entidades.

c) Estar al corriente en el pago en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

d) No encontrarse, en el momento de solicitar la ayuda, cumpliendo sanciones administrativas firmes o una sentencia firme condenatoria por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por
razón de sexo o de género. Tampoco podrán obtener la condición de beneficiarias, las entidades que, en el momento de solicitar la ayuda, estén pendientes de cumplimiento de una sanción o sentencia condenatoria
impuesta por dichos motivos.

d) No estar incurso en ninguna de las restantes prohibiciones para ser beneficiario de una subvención, establecidas en el artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones. Podrá acreditarse, en la solicitud, mediante Declaración responsable otorgada por el representante legal de la entidad, sin perjuicio de las facultades de la Administración para investigar la veracidad de las declaraciones o justificantes aportados.

Documentos asociados

Boletín: 04/03/2022
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 46
Documento: Bases, Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento