Subvenciones a entidades de voluntariado con cualificación y actividad específica en el ámbito de la protección civil y hayan firmado el convenio de colaboración con Gobierno de Navarra, para contribuir a su funcionamiento del 1 de noviembre de 2025 al 31 de octubre de 2026.
Código de ayuda:
S02528/26Norma:
RESOLUCIÓN 15754E/2025, de 23 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 26 de febrero de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de la convocatoria es regular las ayudas económicas con que la Dirección General de Interior contribuirá al funcionamiento de las entidades de voluntariado con cualificación y actividad específica en el ámbito de la Protección Civil e integradas en el Sistema de Protección Civil de Navarra conforme a lo establecido en los diferentes convenios de colaboración, del 1 de noviembre de 2025 al 31 de octubre de 2026.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor
NavarraConvoca:
Dirección General de Interior (Navarra)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las entidades de voluntariado en el ámbito de la protección civil que en sus estatutos o fines tengan reconocida la actividad específica de entre las mencionadas, que hayan suscrito un convenio de colaboración con el Gobierno de Navarra en materia de Protección Civil y que operen en el ámbito geográfico de Navarra.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
–Gastos corrientes para el funcionamiento de la asociación:a) Seguros de voluntarios y vehículos.
b) Equipamiento personal para el ejercicio de las tareas de voluntariado.
c) Telefonía móvil, telefonía fija, Internet y otros suministros de la entidad.
d) Combustibles, recambios, reparaciones, ITVs y otros gastos de vehículos y otros equipos.
e) Reparación de otros equipos o de instalaciones de la entidad.
f) Material de oficina y pequeño material no inventariable.
g) Formación del personal voluntario. Gastos de profesorado, inscripción, matrículas, organización, manutención y desplazamientos a jornadas formativas, cursos, reuniones, congresos, etc.
h) Gastos producidos en entrenamientos, maniobras e intervenciones.
i) Material específico para el desarrollo de las actividades objeto de convenio.
En el caso de las asociaciones cuyos fines incluyan actuaciones con perros especializados en rescate, se consideran también los costes asociados directamente a los animales, como gastos de alimentación y atención veterinaria, seguros, material de adiestramiento o de intervención específico, etc.
–Inversiones necesarias para la ejecución de los servicios que prestan a la ciudadanía:
a) Obras en las instalaciones de la asociación y que supongan una modificación de las mismas y sean motivo de proyecto técnico.
b) Adquisición de material inventariable necesario para la actividad.
c) Adquisiciones de vehículos, motores, embarcaciones y motobombas y otros equipos para intervención.
En ningún caso el coste de adquisición podrá ser superior al valor de mercado. Quedan expresamente excluidos del objeto de la subvención los siguientes gastos:
- Aquellos que no correspondan a las necesidades operativas y de funcionamiento de la entidad de acuerdo con lo definido en los correspondientes convenios de colaboración.
- Gastos indeterminados.
- Comidas fuera de asistencia a actividades formativas, entrenamientos, maniobras e intervenciones.
- Seguros, mantenimiento e ITV de vehículos personales.
Requisitos:
Habrán de cumplir los requisitos generales establecidos en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de subvenciones.Documentos asociados
Boletín:
29/01/2026
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 21
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 21
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
