Subvenciones a entidades de voluntariado con cualificación y actividad específica en el ámbito de la protección civil.

Código de ayuda:

S03237/22

Norma:

RESOLUCIÓN 256/2021, de 2 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 14 de febrero de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular las ayudas económicas con que la Dirección General de Interior contribuirá al funcionamiento de las entidades de voluntariado con cualificación y actividad específica en el ámbito de la Protección Civil, e integradas en el Sistema de Protección Civil de Navarra conforme a lo establecido en los diferentes convenios de colaboración, del 1 de noviembre de 2021 al 31 de octubre de 2022.

Los diferentes ámbitos de actuación de estas entidades se circunscriben a actividades de búsqueda y rescate (en algunos casos con el uso de perros entrenados, o en ambientes de difícil acceso y desarrollo complicado, como cuevas y simas), de colaboración en grandes emergencias o de prevención de accidentes de montaña. La finalidad de utilidad pública y social de las actividades subvencionadas se fundamenta en
el indudable carácter de servicio público que tiene la prestación de los servicios relacionados con la Protección Civil, así como en el fomento de la colaboración del voluntariado, que se agrupa libre y voluntariamente para compartir actuaciones con las administraciones.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Formación

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las entidades de voluntariado en el ámbito de la protección civil que en sus estatutos o fines tengan reconocida la actividad específica de entre las mencionadas, que hayan suscrito un convenio de colaboración con el Gobierno de Navarra en materia de Protección Civil y que operen en el ámbito geográfico de Navarra.

Habrán de cumplir asimismo los requisitos generales establecidos en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Gastos corrientes para el funcionamiento de la asociación:

Seguros de voluntarios y vehículos.

Equipamiento personal para el ejercicio de las tareas de voluntariado.

Telefonía móvil, telefonía fija, Internet y otros suministros de la entidad.

Combustibles, recambios, reparaciones e ITVs de vehículos y otros equipos.

Reparación de otros equipos o de instalaciones de la entidad.

Material de oficina y pequeño material no inventariable.

Formación del personal voluntario. Gastos de profesorado, de organización y desplazamientos a jornadas formativas, cursos, reuniones, congresos, etc.

Gastos producidos en entrenamientos, maniobras e intervenciones.

Material específico para el desarrollo de las actividades objeto de convenio.

En el caso de las asociaciones cuyos fines incluyan actuaciones con perros especializados en rescate, se consideran también los costes asociados directamente a los animales, como gastos de alimentación y atención veterinaria, seguros, material de adiestramiento o de intervención específico, etc.

Inversiones necesarias para la ejecución de los servicios que prestan a la ciudadanía:

Obras en las instalaciones de la asociación y que supongan una modificación del las mismas y sean motivo de proyecto técnico.

Adquisición de material inventariable necesario para la actividad.

Adquisiciones de vehículos, motores, embarcaciones y motobombas y otros equipos para intervención.

En ningún caso el coste de adquisición podrá ser superior al valor de mercado.

Documentos asociados

Boletín: 17/01/2022
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 11
Documento: Bases y Convocatoria 2022 Descargar Documento