Subvenciones a entidades de servicios sociales para el desarrollo de programas de promocion de la autonomia personal y prevencion de la dependencia en el año 2009, en el area de voluntariado social.

Código de ayuda:

S57955/09

Norma:

ORDEN FORAL 258/2009, de 1 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/09/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Potenciar que entidades de iniciativa social realicen actividades de promoción del voluntariado social, promoviendo la participación de personas voluntarias en el desarrollo de acciones dirigidas a satisfacer las necesidades específicas de las personas atendidas, así como a la promoción de la vida independiente y la prevención de la dependencia de las mismas.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deportes (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de la subvención se cifrará en 1.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las subvenciones previstas en esta convocatoria se dirigen a asociaciones y entidades de iniciativa social que, careciendo de ánimo de lucro y estando ubicadas en Navarra, intervengan en el área de voluntariado social.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las entidades podrán presupuestar gastos de personal y de actividades
específicos de cada programa presentado. De manera excepcional se admitirán gastos de funcionamiento exclusiva e íntimamente relacionados con el programa.

Requisitos:

a) Ser persona jurídica, legalmente constituida e inscrita en los registros
correspondientes:

–Registro de Asociaciones, dependiente del Departamento de Presidencia,
Justicia e Interior del Gobierno de Navarra.

–Otros que por la naturaleza jurídica de la entidad pudieran corresponder.

b) Tener su domicilio social en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra, de cuya constancia se deberá dar crédito en la inscripción registral correspondiente referida en el punto 2.1.a) de esta base.

c) Carecer de fines de lucro.

d) Tener como fines institucionales, según sus propios estatutos, la realización de actividades relacionadas o dirigidas al voluntariado social.

e) Poseer estructura, medios materiales y personales suficientes para garantizar el cumplimiento de sus fines y poder acreditar la experiencia
y la capacidad operativa que resulte necesaria para el logro de los objetivos propuestos.

f) Contar con financiación procedente de fondos propios y/o de otras
subvenciones públicas o privadas.

g) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias,
frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos, o en su defecto, haber llegado a un acuerdo con las citadas entidades para el pago aplazado o fraccionado.

h) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 17/08/2009
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 101
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos. Descargar Documento