Subvenciones a entidades de referencia en el ámbito de las comunicaciones cuánticas, con el fin de fomentar su colaboración en el marco de la adenda del componente 16, Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea -Next Generation EU.
Código de ayuda:
S10637/25Norma:
Real Decreto 317/2025, de 15 de abril.Plazo de Solicitud:
Hasta el 20 de mayo de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Este real decreto tiene como finalidad regular la concesión directa para el otorgamiento de varias subvenciones para la colaboración entre entidades de acreditada excelencia en el ámbito de las comunicaciones cuánticas a los centros de investigación públicos de acreditada excelencia en esta área recogidos en el artículo 4 del presente real decreto.Categorías Subvención
Educación y Ciencia
Empleo
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Inversiones Materiales y Equipos
Recursos Humanos
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ( España)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
Detalle beneficiarios:
Las entidades beneficiarias de esta ayuda serán las que se listan a continuación, porlos importes que se indican en el artículo 9 a los participantes en el proyecto, que ostentarán, asimismo, la condición de beneficiarios de la subvención:
a) Instituto de Ciencias Fotónicas (ICFO), con CIF G62819537.
b) Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), con CIF Q2818002D.
c) El Grupo de Investigación en Información y Comunicación Cuántica (GIICC) de la Universidad Politécnica de Madrid, con CIF Q2818015F.
d) El Grupo de Investigación de Antenas, Radares y Comunicaciones Ópticas (COM) de la Universidad de Vigo, con CIF Q8650002B.
e) Fundación Donostia International Physics Center, con CIF G20662292.
f) Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial Esteban Terradas (INTA), con CIF
Q2822003F.
g) Instituto de astrofísica de Canarias, con CIF Q3811001A.
h) Photonics Research Lab (PRL) del ITEAM en la Universitat Politècnica de València, con CIF Q4618002B.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Costes de inversión en activos inmateriales y materiales, incluidos los costes de material, de infraestructura científica necesarios para el desarrollo de entornos de experimentación que figuren en el plan de actuaciones como necesarios para alcanzar el objeto de esta subvención que se deriven directamente del proyecto.b) Costes de personal: personal investigador, técnico y demás personal auxiliar, en
la medida que estén dedicados al proyecto.
c) Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto
d) Gastos generales suplementarios directamente derivados del proyecto: costes indirectos, entendidos como aquellos que forman parte de los gastos del proyecto, pero que por su naturaleza no se pueden imputar de forma directa al no poder individualizar, costes de viaje y otros gastos de funcionamiento, incluidos los costes de material, suministros y productos similares
Requisitos:
Las entidades beneficiarias deberán cumplir las obligaciones generales que establece el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y, en particular, realizar las actividades subvencionables con el alcance que se determine en la resolución de concesión. Las entidades beneficiarias deberán cumplir con las obligaciones, establecidas en los artículos 18, 19 y 22 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por elque se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, respecto a las obligaciones tributarias y de cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social.
Documentos asociados
Boletín:
28/04/2025
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 102
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 102
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