Subvenciones a entidades de mujeres consistente en la entrega de equipamiento informático destinado al acercamiento de las entidades de mujeres a las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), durante el año 2008.

Código de ayuda:

S46282/08

Norma:

RESOLUCION ASC/1846/2008, de 2 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/07/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir convocatoria pública para la concesión de subvenciones a entidades de mujeres mediante la entrega de equipamiento informático destinado a promover el acercamiento de las entidades de mujeres a las TIC durante el año 2008.

Aprobar las bases que deben regir esta convocatoria, que se publican en el anexo de la presente Resolución.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Acción Social y Ciudadanía (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones las asociaciones de mujeres y las fundaciones de mujeres sin ánimo de lucro con sede social en Cataluña que estén inscritas en el registro correspondiente en el plazo de presentación de la solicitud.

Estas entidades deberán cumplir los requisitos siguientes:

- Que la totalidad de las personas miembros de la junta de la entidad sean mujeres.
- Que entre los objetivos de sus estatutos se exprese el compromiso de llevar a cabo programas y actividades encaminados a promocionar los derechos de las mujeres, eliminar las desigualdades, conseguir la mejora de su condición y su papel en la sociedad y garantizar su calidad de vida dando respuesta a su necesidad.
- Que dispongan de un espacio propio para las actividades de la entidad en cualquier régimen de utilización previsto por la ley.
- Que propongan a una asociada de la entidad para el seguimiento de formación específica y para realizar la transferencia de conocimiento en el seno de su asociación que tenga unos conocimientos básicos en cuanto al uso del ordenador y del sistema operativo, el uso de Internet y el tratamiento de la información escrita y numérica.
La entidad deberá acreditar que la persona designada para recibir esta formación tiene estos conocimientos mediante certificados de asistencia a cursos de informática o bien mediante una declaración jurada de la persona representante de la entidad que detalle los conocimientos en informática de la persona designada por la entidad.
- Que dispongan de conexión a Internet.
Entidades excluidas: no se entienden incluidas en la tipología de entidades de mujeres las secciones de mujeres de los partidos políticos, de las universidades, de los colegios profesionales y otras de similar naturaleza.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Estas bases tienen por objeto regular la concesión de 300 equipamientos informáticos a entidades de mujeres destinados a promover el acercamiento de las entidades de mujeres a las TIC con el objetivo de fomentar su inclusión digital, la formación y la dinamización del movimiento de mujeres en los diferentes territorios impulsando un acceso equitativo e igualitario a las nuevas tecnologías.
Dicho equipamiento informático consistirá en un ordenador portátil, software y una impresora en color multifunción.

Documentos asociados

Boletín: 16/06/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5153
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento