Subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para programas dirigidos a mujeres en situación de especial vulnerabilidad, cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del programa FSE+ Galicia2021-2027.

Código de ayuda:

S02046/26

Norma:

ORDEN de 30 de diciembre de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 26 de febrero de 2026.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 40.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La orden tiene por objeto la convocatoria y el establecimiento de las bases para la concesión de las ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro registradas en el área de igualdad del Registro Único de Entidades Prestadoras de servicios Sociales (RUEPSS), para el desarrollo de programas de recursos integrales de atención especializada dirigidos específica y exclusivamente a mujeres en situación de especial vulnerabilidad, según lo establecido en la disposición adicional primera de la citada orden.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Politica Social e Igualdad (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la ayuda que se puede conceder a cada entidad al amparo de esta convocatoria es de 40.000,00€.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias las entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Servicios de orientación e información sobre recursos singularizados, de atención, orientación y asesoramiento personal y social, así como de apoyo directo en las relaciones con otras entidades, organismos y servicios que faciliten a las personas usuarias su proceso de integración social.
b) Servicio de atención psicológica, prestado por profesionales con titulación de licenciatura o grado en Psicología.
c) Servicio de asesoramiento jurídico, prestado por profesionales con titulación de licenciatura o grado en Derecho.
d) Servicio de mediación intercultural y/o familiar. e) Actividades para la adquisición de habilidades personales y sociales básicas o de competencias para la mejora de la empleabilidad.
f) Servicios o medidas de orientación laboral y de acompañamiento en la busca de empleo, incluido el empleo por cuenta propia y el emprendimiento, así como la prospección del mercado de trabajo, la intermediación y la tutorización laboral y profesional.

Requisitos:

a) Estar inscritas en el área de igualdad del Registro Único de Entidades Prestadoras de servicios Sociales (RUEPSS).

b) Tener domicilio social o delegación en Galicia.

c) No encontrarse en ninguna de las circunstancias y prohibiciones establecidas en los puntos 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio. La acreditación de no estar incursa en ninguna de ellas se realizará mediante declaración responsable de la entidad interesada.

Documentos asociados

Boletín: 26/01/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 16
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
Boletín: 26/01/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 16
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento