Subvenciones a entidades de iniciativa social del area de personas con discapacidad para el desarrollo de programas de formacion dirigidos a cuidadores no profesionales.- Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S58646/10

Norma:

ORDEN FORAL 297/2010, de 4 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/11/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer el régimen de concesión de subvenciones a las entidades de iniciativa social del área de
personas con discapacidad que, careciendo de ánimo de lucro y estando ubicadas en Navarra, desarrollen programas de formación dirigidos a cuidadores no profesionales de personas en situación de dependencia,
proporcionando conocimientos teóricos y prácticos sobre como "cuidar al cuidador" y como "ayudar a la persona en situación de dependencia".

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deportes (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención será el 100% del presupuesto presentado por la Entidad, salvo que la Entidad solicite una cuantía inferior en cuyo caso se concederá como máximo el importe solicitado. El presupuesto
aceptado por el órgano instructor no será superior a un coste de 10 euros por participante y hora.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La subvención irá destinada a cubrir los siguientes gastos de la entidad:

–Los costes salariales y de seguridad social del personal necesario para la realización de las acciones programadas.

–Gastos de dietas y desplazamientos de dicho personal.

–Gastos derivados de la contratación de medios externos para la realización de las acciones programadas.

–Gastos derivados de la contratación de los seguros suscritos para los participantes previstos por la base 2.2 de esta convocatoria.

–Gastos de material didáctico empleado en la ejecución de las acciones formativas.

–Gastos ocasionados por la publicidad de los programas.

Requisitos:

a) Ser persona jurídica legalmente constituida e inscrita en los registros correspondientes:

–Registro de Asociaciones, dependiente del Departamento de Presidencia, Justicia e Interior del Gobierno de Navarra.

–Otros que por la naturaleza jurídica de la entidad pudieran corresponder.

b) Tener su domicilio social en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra, de cuya constancia se deberá dar crédito en la inscripción registral correspondiente referida en el punto 2.1, a) de esta base.

c) Carecer de fines de lucro.

d) Tener como fines institucionales, según sus propios estatutos, la realización de actividades relacionadas y dirigidas a personas con discapacidad.

e) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos, o en su defecto, haber llegado a un acuerdo con las citadas entidades para el pago aplazado o fraccionado.

f) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral de Subvenciones.

Todos los requisitos señalados deberán cumplirse en la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el periodo de ejecución de la actividad subvencionada.

Documentos asociados

Boletín: 27/10/2010
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 130
Documento: Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento